Alrededor de 50 mil peruanas trabajan como nanas en Chile
La cifra equivale a una de cada seis trabajadoras.
Sus derechos no difieren de las empleadas chilenas, advirtió el Ministerio del Trabajo.
La cifra equivale a una de cada seis trabajadoras.
Sus derechos no difieren de las empleadas chilenas, advirtió el Ministerio del Trabajo.
Una de cada seis "nanas" que trabajan en Chile son de nacionalidad peruana. Así lo indicó, de visita en Lima, el subsecretario del Trabajo, Bruno Baranda, quien destacó que las asesoras del hogar extranjeras tienen los mismos derechos y deberes laborales que sus pares nacionales.
Según informa El Mercurio, alrededor de 50 mil ciudadanas y ciudadanos peruanos se desempeñan en Chile como trabajadores de casas particulares, de un total de 330 mil personas que se dedican a esta actividad en el país.
Baranda abordó en la capital peruana el tema de la dinámica migratoria de trabajadores junto al recién asumido ministro del Trabajo de Perú, José Villena, resaltando que el Gobierno de Chile ha realizado campañas de información y de fiscalización para velar por el cumplimiento de la normativa vigente.
Cerca de 330 mil personas se desempeñan como asesoras domésticas en el país. (Foto archivo: UPI) |
Cuadro comparativo
Según recuerda el diario, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) acaba de difundir un reporte sobre el trabajo doméstico remunerado en América Latina y el Caribe, con el fin de mostrar los avances hacia el trabajo decente de las trabajadoras domésticas y visibilizar las buenas prácticas que existen en la región.
Entre otros temas, el informe revisa las horas de trabajo de las empleadas domésticas remuneradas, constatando que en la mayoría de los países la legislación permite jornadas largas o no pone límite al horario.
En Chile la ley establece una jornada de 12 horas diarias como máximo cuando la nana trabaja "puertas afuera", y cuando viven en la casa del empleador no están sujetas a horario. En cuando a las vacaciones, se establecen 15 días hábiles más un día adicional cada tres años después de 10 años de trabajo para uno o más empleadores.
En Colombia la jornada es de 10 horas diarias, sin mención al descanso diario, y en Uruguay son ocho horas y 44 horas semanales, con un descanso de nueve horas continuas nocturna.
La legislación argentina no hace mención a una jornada definida, pero explicita descanso nocturno de nueve horas y descanso diario de tres horas entre tareas matutinas y vespertinas, señala El Mercurio.