En un fallo dividido, los ministros de Segunda Sala de la Corte Suprema Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Haroldo Brito y Roberto Jacob condenaron a cinco años de presidio -con el beneficio de libertad vigilada- al brigadier en retiro del Ejército Víctor Raúl Pinto Pérez por su responsabilidad, en calidad de autor, de 13 homicidios y secuestros calificados cometidos en la Escuela de Infantería de San Bernardo.
El caso dice relación con los crímenes de Ramón Luis Vivanco Díaz, Adiel Monsalves Martínez, Manuel Zacarías González Vargas, José Leningrado Morales Álvarez, Arturo Koyck Fredes, Joel Guillermo Silva Oliva, Roberto Segundo Avila Márquez, Alfredo Acevedo Pereira, Raúl Humberto Castro Caldera, Pedro Enrique Oyarzún Zamorano y Hernán Elías Chamorro, perpetrados entre el 27 y 28 de septiembre de 1973.
Se agregan a éstos los casos de los homicidios calificados de Manuel Tomás Rojas Fuentes y René Máximo Martínez Aliste, respectivamente, cometidos entre el 4 y 8 de diciembre de 1973, en el mismo recinto castrense.
Según informes oficiales, las 11 primeras víctimas, con edades entre los 17 y 48 años, eran militantes del Partido Comunista y trabajaban en la Maestranza de Ferrocarriles de San Bernardo, donde fueron detenidos bajo la acusación, nunca probada, de que querían volar un gasoducto.
|
La resolución se adoptó a través de un fallo dividido. (Foto: UPI) |
Por su parte, tanto Manuel Tomás Rojas como René Máximo Martínez tenían 20 años y eran reservistas de la Escuela de Infantería de San Bernardo. El segundo desapareció cuando fue a preguntar a un cuartel militar por el paradero de su padre, Juan Domingo Martínez, que había sido dirigente socialista y también fue ejecutado.
En la sentencia del máxmo tribunal se acogieron recursos de casación presentados en contra de fallos de la Corte de Apelaciones de San Miguel que habían determinado penas de 10 años y un día de presidio por las 11 primeras víctimas; cinco años y un día de presidio por el homicidio de Rojas Fuentes y cinco años y un día por el homicidio de Martínez Aliste, los cuales fueron anulados, según lo informado por el Poder Judicial.
La sentencia única se adoptó con el voto en contra de los ministros Segura y Ballesteros, quienes fueron partidarios de acoger la figura de la prescripción de la acción penal. En tanto, el ministro Haroldo Brito estuvo por rechazar los recursos de casación y mantener las penas decretadas por el tribunal de alzada de San Miguel.
El condenado, Víctor Pinto Pérez, se encuentra actualmente en prisión cumpliendo otra sentencia de ocho años por el crimen del sindicalista Tucapel Jiménez, y ha sido procesado en otros casos de violaciones a los derechos humanos.