Corte dejó en prisión preventiva a homicida de barrista de Colo Colo

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Autor: Cooperativa.cl

Así lo determinó la Novena Sala del tribunal de alzada capitalino.

Se revocó lo determinado por los Juzgados de Garantía por considerarlo un peligro para la sociedad.

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La Novena Sala de la Corte de Apelaciones ordenó la prision preventiva de Pablo Ávila por la autoría del crimen del barista de Colo Colo Claudio Lincaqueo.

Así, el tribunal consideró a Avila un "peligro para la seguridad de la sociedad" y ordenó su internación, con lo que revocó las medidas cautelares que habían dictado las juezas de garantía Natacha Ruiz y Valeria Vega, quiene solo habían determinado arraigo y firmas periódicas del imputado.

Ávila, barrista de Universidad de Chile, asesinó a balazos a Lincaqueo el domingo 30 de septiembre en Avenida Las Torres con Américo Vespucio, tras emboscar el auto en que se trasladaba el hincha albo con otros compañeros de barra.

Esta libertad que se le había otorgado al autor confeso generó todo un debate respecto a la efectividad y eficiencia del sistema procesal penal hasta el anuncio del Gobierno de cambios a este sistema, especialmente en las decisiones de los jueces de garantía.

Ahora la corte tomó la decisión en forma unánime por las presunciones de su participación en este homicidio calificado y por ser considerado un peligro para la seguridad de la sociedad. Además se tomaron en cuenta las penas posibles que puede tener Ávila en su contra no solo por el crimen de Lincaqueo, sino por dos homicidios frustrados más.

El vocero de la Fiscalía Metropoliotana Oriente, Nicolás Calvo, valoró la decisión: 
"Antecedentes permiten entender que hay presunciones fundadas para sostener la participación del imputado, que era lo que se encontraba en entredicho por la resolución de garantía".

El defensor penal público, Francisco García, afirmó que el imputado se entregaría para cumplir con la orden de la corte: "Estoy comunicándome con el defensor titular de la causa que es quien tiene el contacto para que se presente voluntariamente".

Y el integrante de la Subsecretaría de Prevención del Delito, Vinko Fodic, afirmó que "este señor es considertado un peligro para la seguridad de la sociedad. En esas consideraciones la corte decretó la prisión preventiva y ordenó que el Tribunal de Garantía a la brevedad emita la orden de detención respéctiva para poder aprehender al imputado".

Posible detención ilegal

El juez Jorge Zepeda dejó asentado en la resolución que a su juicio hubo un procedimiento ilegal en el actuar de la PDI como no leer los derechos del imputado cuando en la primera oportunidad afirmó que no había tenido participación en los hechos y solamente levantar un acta que no procedía para justificar su comparecencia voluntaria al cuartel policial, lo que puede traducirse en una detención encubierta, absolutamente prohibida en el código procesal penal.

Dicha posición fue apoyada por el defensor García: "El fiscal dice que fue trasladado en control de identidad y la Policía de Investigaciones expresa, en contrario, que el traslado se debió por instrucción del fiscal. No hay claridad en los antecedentes del Ministerio Público y en caso alguno existían facultades legales para realizar este traslado".

Esto fue rebatido por el fiscal Calvo: "No se comparte en cuanto a detención encubierta puesto que el Ministerio Público obtuvo una declaración voluntaria del imputado de trasladarse a la BH, después declaró voluntariamente y después esa misma declaración voluntaria fue evaluada de manera favorable por la jueza Natacha Ruz".

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