Corte Suprema confirmó multa de 678 millones de pesos a ex presidente de La Polar

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Autor: Cooperativa.cl

El máximo tribunal revocó un fallo de la Corte de Apelaciones que había anulado la sanción de la SVS a Pablo Alcalde.

Corte Suprema confirmó multa de 678 millones de pesos a ex presidente de La Polar
 ATON (Archivo)

Pablo Alcalde, ex presidente del directorio de La Polar.

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La Corte Suprema acogió un recurso de casación y confirmó la multa de 25.000 Unidades de Fomento (678 millones 275 mil pesos, alrededor de un millón de dólares, calculado con la UF de hoy) aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) al ex presidente del directorio de la empresa La Polar, Pablo Alcalde.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por la ministra Rosa Egnem, los ministros Carlos Aránguiz y Arturo Prado y los abogados (i) Rodrigo Correa y Jean Pierre Matus- revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había anulado la multa aplicada a Alcalde Saavedra por presentar información maliciosamente falsa al mercado, presentar información falsa en una Oferta Pública de Acciones y entregar información falsa a los accionistas.

La sentencia del máximo tribunal considera que el tribunal de alzada actuó con el vicio de extrapetita –más allá del conflicto judicial planteado- al acoger el principio de non bis in ídem en el caso.

"Que lo expuesto en los fundamentos precedentes deja en evidencia que en el caso en estudio los sentenciadores de segundo grado incurrieron en el vicio denunciado, consagrado en el artículo 768 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, en su variante de extrapetita, puesto que aquéllos en su decisión rebasaron el marco de la controversia alejándose por completo de las alegaciones del actor contenidas en su escrito de demanda", dice el fallo.

"En efecto, la alegación de infracción al principio del non bis in ídem no formó parte de la controversia trabada en autos, toda vez que en la demanda el actor se limitó a esgrimir la prescripción de la acción administrativa y la falta de participación en los hechos imputados por la Superintendencia de Valores y Seguros, ahondando en razonamientos relacionados con la prueba rendida en sede administrativa", añade el dictamen.

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