Los cambios en la Operación Renta tras la reforma tributaria

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Autor: Cooperativa.cl

Expertos coinciden que la principal modificación es el aumento del 20 al 21 por ciento en el Impuesto de Primera Categoría.

Los cambios en la Operación Renta tras la reforma tributaria
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A partir del primer día hábil de abril se puede solicitar la devolución de impuestos.

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La reforma tributaria no traerá grandes cambios en la operación renta 2015 que ya está en marcha, sin embargo, las empresas deberán tomar nota de cómo deberán declarar sus impuestos.

El tesorero General de la República, Hernán Frigolett, explicó a Cooperativa.cl que "para la mayor parte de las personas su situación de impuestos se va a mantener igual".

"Las personas que son asalariadas, trabajadores independientes y que tributen en segunda categoría no tienen ningún cambio con respecto a años anteriores", detalló.

Frigolett detalló que las principales modificaciones se darán en las empresas "porque el impuesto de primera categoría subió del 20 al 21 por ciento y probablemente los PPM (Pago Provisional Mensual), que se constituyeron a lo largo del año, van a ser insuficientes para provisionar el impuesto que aumentó y, por lo tanto, existirá un pago adicional para saldar el impuesto de primera categoría que tienen que pagar las empresas que declaren ese impuesto".

Marco Correa, senior tributario de Ipal, aportó que "el Servicio de Impuestos Internos (SII) estableció cambio en las tasas por tramos del Impuesto Global Complementario o Adicional y el Impuesto de Primera Categoría con carácter de Único del artículo 21 de la Ley de Impuesto a la Renta".

"Las distintas modificaciones establecidas en el artículo 21 afecta los gastos rechazados con una tasa del 35 por ciento y dependiendo al tipo de desembolsos efectuados por las empresas éstas pagarán impuesto por dichos gastos pagados durante el año actualizado al 31 de diciembre del 2014 diferenciando el tributo por los gastos efectuados que no puedan imputarse a algún socio o accionista", explica.

 

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Una de las modificaciones que presenta la Operación Renta 2015 es el cambio en las tasas por tramos del Impuesto Global Complemenatrio. (Foto: UNO)

La Operación Renta

Sobre el proceso de la Operación Renta, Correa detalló para Cooperativa.cl que participan "todas las personas naturales que obtuvieron más de una renta en igual periodo (sueldos, honorarios) y las personas jurídicas que hayan iniciado actividades durante el año 2014 o anteriores y que estén obligados a declarar el Impuesto a la Renta, Impuesto Global Complementario o Adicional".

La Operación Renta 2015 se dio inicio el pasado 19 de enero a través de la disposición del Formulario de Declaración Jurada que permitirá que los contribuyentes recuperen su inversión en capacitación a través de la Franquicia Tributaria.

Las empresas podrán descontar de sus impuestos los gastos incurridos en capacitación y/o acciones de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales (EyCCL), presentando ante el Sence el Formulario de Declaración Jurada Anual Notarial.

Para ello, el Ministerio del Trabajo y Previsión Social incita a que las empresas deben tener pagadas las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de 2014 de todas y todos sus trabajadores.

El tesorero general de la República, Hernán Frigolett, agrega que "la Operación Renta 2015 está cristalizando el pago de la obligación del impuesto global complementario que es el pago de impuesto directo de las personas individuales".

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Las fechas del calendario del proceso Operación Renta 2015. (Foto: Sence)

El calendario

El contador Correa detalla que "las personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras con residencia o domicilio en Chile deben efectuar la declaración de Impuesto a la Renta (Formulario 22)".

Explica que los pasos a seguir "en el caso de las personas naturales, pueden afectarse con rentas del trabajo o rentas del capital (agrícola, comercio, industria, transporte, pesca, intereses por fondos, depósito a plazo, entre otras) y ellas pueden verse sujetas al Impuesto Global Complementario o Adicional, como también al impuesto de Primera Categoría, dependiendo si éstas personas naturales también tienen el carácter de empresas individuales".

El tesorero general de la República recalca que durante enero y febrero "lo único que se puede hacer es revisar el formulario y conocerlo".

Agrega que "el proceso, con toda la información plena a través del envío de las declaraciones juradas de todas las empresas que se realizan durante el mes de marzo, culmina el último día del mismo mes".

Uno de los meses relevantes del proceso de la Operación Renta 2015 es abril ya que es, en este mes, cuando se realiza la declaración y pago de impuestos.

Así lo confirma Frigolett al señalar que "a partir del primer día hábil de abril va a estar disponible la propuesta de Declaración de Impuesto Global Complementario que se le hace a todos los contribuyentes. Estos tienen que revisarlo y validarlo y por esa vía, si les corresponde, pagar y si no, solicitar la devolución".

Además, recomienda que, en el proceso, los contribuyentes marquen el pago por "vía depósito durante los diez primeros días de mayo" para tener el dinero disponible en el mes.

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