CNTV no formulará cargos contra TVN por “No Abras la Puerta”

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Autor: Cooperativa.cl

Consejo decidió declarar "sin lugar" las denuncias presentadas por la manipulación de un perro en la teleserie.

Además, el organismo sancionó a Chilevisión por dos infracciones.

CNTV no formulará cargos contra TVN por “No Abras la Puerta”

CNTV declaró sin lugar las denuncias por la exhibición de "No abras la puerta", en la que el personaje de Gonzalo Valenzuela manipula un perro.

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El Consejo Nacional de Televisión acordó declarar sin lugar las denuncias presentadas por particulares en contra de TVN, por la exhibición de la teleserie nocturna "No abras la puerta", el día 19 de agosto de 2014, en la que el personaje del actor Gonzalo Valenzuela manipula a un perro.

Según señala el acta , "el examen del material audiovisual pertinente a los contenidos reseñados no entrega señal o signo alguno que autorice a sostener que la mascota haya sido efectivamente maltratada".

Además, indicaron que si bien la mascota es tomada del pellejo flojo de su testuz, del cual son asidas, de manera indolora tales mascotas caninas de peso escaso; "efectivamente, "Terry" ladra en tres ocasiones, pero más bien inducido por el aumento en el volumen de la voz de su ama".

Tras esto, el CNTV decidió no estimar las denunciar ya que no configuran "una infracción a la normativa que rige el contenido de las emisiones de televisión".

Sanciones y cargos a CHV 

En la misma sesión del Consejo, se decidió sancionar con una amonestación a Chilevisión por el programa "En la Mira" del día 25 de junio de 2014, en el cual fue vulnerado el derecho fundamental a la información que tienen las personas, mediante la entrega de información incompleta y sesgada sobre el "Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo".

Según consta en el acta, "los reparos consignados privan al reportaje de aquella ecuanimidad inherente a la naturaleza de las entregas informativas de su especie, haciendo decaer la calidad de la entrega informativa objeto de control en estos autos al nivel de una mera descalificación del Proyecto.

El Consejo acordó también rechazar los descargos y sancionar a Chilevisión con una multa de 50 UTM, por infringir la normas sobre la obligación de las concesionarias de radiodifusión televisiva de libre recepción de transmitir programas culturales a la semana, al no haber transmitido el minutaje mínimo legal semanal de programación cultural, durante la segunda semana del período junio 2014.

En la misma sesión, se decidió formular cargos a Chilevisión por la exhibición del programa "La Mañana de Chilevisión", el día 22 de julio de 2014, donde fue vulnerada la dignidad personal de una mujer que habría sufrido el robo del ánfora que contenía las cenizas de su madre fallecida.

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