Corte aceptó demanda colectiva del Sernac contra las farmacias por colusión

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Autor: Cooperativa.cl

Dictamen anula la condena a los ejecutivos, quienes sólo habían sido encomendados a realizar clases de ética.

Corte aceptó demanda colectiva del Sernac contra las farmacias por colusión
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La Corte dio "luz verde" a la demanda colectiva del Sernac.

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La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago aceptó la demanda colectiva que interpuso el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) contra las tres grandes cadenas de farmacias por la colusión en los precios de más de 200 medicamentos ocurrida en los años 2007 y 2008.

La acción del organismo había sido desechada por el 10° Juzgado Civil ante la presentación de las farmacias que solicitaron que no se reconociera al Sernac como representante de los consumidores afectados.

En su fallo, la Corte señaló que "se pueden perseguir los estimados 27 mil millones de pesos que lograron las farmacias como rentas líquidas por esta colusión" y que se estableció en la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

En esta causa, las farmacias Cruz Verde y Salcobrand fueron condenadas a pagar 19 millones de dólares, mientras que farmacias Ahumada se acogió a la figura de delación compensada.

Los jueces apuntaron que "no se puede dudar que el Sernac está legitimado activamente para accionar por el interés colectivo o difuso de los consumidores" y que "la discusión de si es que cada consumidor debía ir a reclamar personalmente ante los tribunales" se desecha por esta misma representación del organismo público.

Esta sentencia anula la suspensión de los ejecutivos de las farmacias, a quienes sólo se había recomendado tomar clases de ética.

Sernac a la ofensiva

El fallo fue valorado por el subdirector del Sernac, Lucas del Villar, quien dijo que ahora la Justicia tendrá que determinar mediante un periodo de pruebas quiénes fueron afectados tanto por haber pagado sobreprecios como no poder adquirir los medicamentos o haber adquirido fármacos de menor calidad.

"Este fallo es primero en su clase. Determinó por primera vez una acción colectiva que busca resarcir daños causados por conductas anticompetitivas, declara admisible este tipo de acciones colectivas en nuestro país", dijo Del Villar.

"De acuerdo al fallo de la Corte Suprema de septiembre del año 2012 las tres cadenas de farmacias que se coludieron durante cuatro meses durante el periodo en que aumentaron artificialmente los precios de 206 medicamentos", con ganancias que ascienden a "27 mil millones de pesos", recordó.

El abogado de la Coorporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), Rodrigo Díaz de Valdés, también valoró la decisión de la Justicia, aunque cree que en el proceso que viene las farmacias van a usar su poder económico para ejercer "oposición", para "tratar de bloquear" la posibilidad de determinar "quiénes son las personas que pueden solicitar indemnizaciones".

Una de estas vías sería dificultar las pruebas que se "van a tener que presentar... algunos hablan de (presentar) las boletas en el entendido de que nadie tiene las boletas actualmente".

"Obviamente uno presenta (desde Conadecus) otro tipo de posiciones, como tratamientos médicos que están certificados, RUT de clientes que mantienen las farmacias, y que debieran tener todavía esa información", señaló Díaz de Valdés.

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