Corona deberá indemnizar a consumidor por no cumplir con fechas de despachos

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Autor: Cooperativa.cl

La empresa deberá pagar una indemnización cercana a los 400 mil pesos.

Además, se le aplicó una multa de 20 UTM por infringir la Ley del Consumidor.

Corona deberá indemnizar a consumidor por no cumplir con fechas de despachos
 UPI

De acuerdo al dictamen, la multitienda "actuó negligentemente al no respetar el plazo de entrega de los productos".

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La justicia condenó a la multitienda Corona al pago de una indemnización cercana a los 400 mil pesos a un consumidor, por no despachar en la fecha comprometida unos productos comprados a través de Internet.

El denunciante compró a través del sitio web de la multitienda un netbook y una tablet, pagando por ambos productos casi 140 mil pesos y otra cifra aparte por el despacho, sin embargo, la empresa no cumplió con la fecha comprometida.

De acuerdo a lo señalado por el Sernac, "el consumidor comenzó a llamar al call center y a visitar la tienda en búsqueda de una explicación, sin encontrar una respuesta", por lo que interpuso un reclamo ante el Servicio Nacional del Consumidor.

La empresa respondió que anularía la compra efectuada, pero nuevamente no cumplió, por lo que el afectado decidió exigir sus derechos ante la justicia, denunciando el hecho ante el Juzgado de Policía Local de Colina.

Defensa de la multitienda

Durante el juicio, Corona señaló que el despacho no pudo realizarse por problemas con el servicio externo de transportes y que sólo se enteró de este caso luego del reclamo presentado por el afectado ante el Sernac.

Tras conocer el caso, la multitienda se comprometió a anular la compra y a devolver el dinero a través de un vale vista que el afectado debía cobrar en una sucursal bancaria y que nunca retiró, por lo que la multitienda reversó dicho documento.

Sin embargo, el afectado denunció que antes del compromiso de la devolución del dinero a través del vale vista, la empresa le había ofrecido vía correo electrónico depositarle el dinero directamente en su cuenta, lo que nunca ocurrió, según las pruebas que acompañó en el juicio.

El tribunal estimó que para devolver el dinero a través de un vale vista es necesario contar con la autorización del consumidor y recordó que caducan luego de cinco años, por lo que no se justificaba anular dicho documento a sólo meses de haberlo emitido.

Debido a esto, el juez indicó que Corona actuó negligentemente al no respetar el plazo de entrega de los productos, por lo que la condenó al pago de una indemnización cercana a los 400 mil pesos por los perjuicios ocasionados al consumidor y le aplicó una multa de 20 UTM (cerca de 800 mil pesos), por infringir la Ley del Consumidor.

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