Carlos Gajardo criticó fallo del TC: "Se puede burlar con más facilidad prohibición de no lucrar"

Publicado:
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

El saliente fiscal afirmó a Cooperativa que, desde 1981, "las universidades tienen que ser instituciones sin fines de lucro".

Sin embargo, con la decisión del TC será posible "que existan nuevas formas en que dineros se transfieran desde las universidades a sus controladores".

Carlos Gajardo criticó fallo del TC:
 ATON
Llévatelo:

El renunciado fiscal Carlos Gajardo criticó en Cooperativa la decisión del Tribunal Constitucional de declarar inconstitucional la prohibición de los controladores con fines de lucro en las universidades, asegurando que "necesitamos una legislación mucho más fuerte".

A un día de dejar de ser fiscal, tras renunciar en enero pasado al Ministerio Público -junto a Pablo Norambuena- por sus discrepancias frente al acuerdo alcanzado en la causa contra el senador UDI Iván Moreira, Gajardo sostuvo en La Historia es Nuestra que "el hecho que se permita que personas con fines de lucro pasen a ser controladores o puedan ser controladores de universidades es un paso que puede permitir, con mucha más facilidad, que se burle esta prohibición de no lucrar".

"El Estado de Chile, desde hace muchos años, desde el año 1981, con el Decreto con Fuerza de Ley Número 1 de Educación tomó una posición y dijo que las instituciones que querían convertirse en universidades tenían que constituirse como personas sin fines de lucro y esto fue ratificado después en el 90, con la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza, que repite la misma fórmula de decir 'las universidades tienen que ser instituciones sin fines de lucro'", recordó.

El saliente persecutor precisó que "a pesar de esta posición bastante estricta que tiene nuestra legislación, en los hechos, y esto fue reconocido en su oportunidad por el entonces ministro de Justicia Joaquín Lavín, efectivamente se produjo que los controladores podían obtener, mediante contratos con relacionados, beneficios de manera particular y eso es algo que está en contra del espíritu de la ley".

"Lo que sucedió es que nuestro sistema ha tenido, en general, deficiencias en cuanto a prevenir y sancionar estas conductas una vez que son determinadas. No hay una posibilidad, creemos nosotros, de que existiera una sanción de tipo penal", indicó.

Gajardo destacó que la Nueva Ley de Educación Superior establece normas "mucho más precisas y contundentes para que estas conductas no se produzcan", pero "lo que el TC ha hecho es establecer que el Artículo 63 de la ley, que es el que dice que los controladores de universidades no pueden ser sino personas sin fines de lucro, dice que ese artículo es inconstitucional".

Ante esto, advirtió que "en la medida en que se permite incorporar en el control de estas corporaciones a personas con fines de lucro, por supuesto, toda la posibilidad de que existan nuevas formas en que dineros se transfieran desde las universidades a sus controladores va a ser más posible".

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter