Casi 200.000 niños realizan un trabajo en Chile

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Autor: Cooperativa.cl

Si bien en el país está permitido contratar menores de edad, la ley establece las restricciones y los antecedentes para emplearlos y no caer en su explotación.

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De acuerdo a la Organización Mundial del Trabajo OIT, en el mundo existen cerca de 200 millones de niños -entre cinco y 17 años- incorporados a la vida laboral, y se estima que en América Latina y el Caribe uno de cada cinco menores de edad trabaja.

 

En Chile, existen 196.104 niños y adolescentes de entre cinco y 17 años que trabaja al menos una hora a la semana.

 

Frente a esta realidad, en 1996 se constituyó el Comité Nacional Asesor para la Prevención y Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil, para hacer cumplir los convenios internacionales dar cumplimiento a los convenios internacionales y también reforzar las políticas nacionales sobre el tema, contribuyendo así a cumplir la meta de la OIT de terminar con este tipo de trabajo para el año 2020.

 

La ley en Chile

 

De acuerdo al Ministerio del Trabajo, en las zonas urbanas, las labores más frecuentes que realizan niños y adolescentes son las de vendedor, mesero y empaquetador de supermercado, a diferencia de las áreas rurales donde casi la totalidad de los casos se refiere a tareas agropecuarias, como recolección, siembra, venta de productos agrícolas y cuidado de animales.

 

La edad mínima para trabajar en Chile es 15 años y, según establece el Código del Trabajo, las personas entre esa edad y los 18 años sólo pueden tener un empleo liviano, diurno, autorizado por sus padres y que no obstaculice sus estudios.

 

Además la ley indica que los menores de edad no pueden trabajar más de ocho horas diarias.

 

La legislación también establece que los niños menores de 15 años pueden trabajar autorizados por su representante legal o un juez en actividades relacionadas con teatro, cine, radio, televisión, circo u otras similares.

 

La normativa señala que los menores que tengan más de 16 años y menos de 18 pueden firmar contratos de trabajo con la autorización expresa de alguno de sus padres.

 

Restricciones

 

Por otra parte, el Código del Trabajo establece una serie de prohibiciones al emplear a menores de 18 años, y entre esas estos no podrán realizar trabajos subterráneos, no podrán realizar faenas que requieran fuerza excesiva o cargar sin ayuda mecánica, cargas superiores a los 20 kilogramos.

 

Además, la normativa señala que tampoco podrán realizar actividades que puedan ser peligrosas para su salud, seguridad o moralidad, así como no podrán trabajar en cabarets y otros locales similares y quien contrate a un niño en esas circunstancias será sancionado con una multa de entre tres y ocho UTM, monto que se duplicará en caso de reincidencia.

 

Los menores de 18 años tampoco están autorizados por la ley a trabajar en establecimientos que comercialicen bebidas alcohólicas que se consuman en el mismo lugar o realizar trabajos nocturnos en establecimientos industriales y comerciales, entre las 22:00 y 07:00 horas, salvo en negocios familiares y en el caso hombres mayores de 16 años en empleos que por su naturaleza deban obligatoriamente continuarse de día y de noche.

 

Consecuencias del trabajo infantil

 

De acuerdo al Comité Nacional Asesor para la Prevención y Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil, las causas de trabajo infantil son múltiples, como situaciones de pobreza, violencia intrafamiliar, permisividad social, falta de oportunidades, falta de cumplimiento de la obligatoriedad de la educación y lagunas normativas, entre otros factores.

 

A su vez, de acuerdo a la OIT el trabajo infantil tiene también consecuencias múltiples, tanto morales, como físicas, sicológicas y económicas.

 

De hecho, la organización señala que la pérdida promedio de dos años de escolaridad se traduce a largo plazo en 20 por ciento menos de salario durante toda la vida adulta. (Cooperativa.cl)

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