Caso tributos: 22 empresarios fueron enviados a prisión preventiva

Publicado:
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

Miembros de seis "clanes" implicados en el fraude fueron imputados por asociación ilícita, fraude aduanero, delitos tributarios y lavado de activos.

"Estos son verdaderos portonazos tributarios y poseen un efecto expansivo demoledor, especialmente en el sector más vulnerable", aseveró la jueza María Francisca Zapata.

Caso tributos: 22 empresarios fueron enviados a prisión preventiva
 ATON (referencial)

La audiencia de formalización de los demás acusados continúa este viernes.

Llévatelo:

El Primer Juzgado de Garantía de Santiago ordenó la prisión preventiva en contra de 22 imputados en el marco de la llamada "Operación Tributos", desplegada entre 2014 y 2020, por hechos consumados de asociación ilícita, fraude aduanero, delitos tributarios y lavado de activos.

Por decisión de la magistrada María Francisca Zapata, los siguientes empresarios cumplirán la máxima cautelar:

  1. José Antonio Pavez Canessa (considerado el líder del "clan Canessa")
  2. Alejandro Andrés Casanova Pincheira
  3. Alexander Sebastián Birchmeier Almarza
  4. Andrés Esteban Galaz Rojas
  5. Bryan Richard Plaza Viera
  6. Christian Hernán Barriga Barriga
  7. Eduardo Alejandro Toro Guerrero
  8. Felipe Ignacio Posch Figueroa
  9. Francisco Javier Ampuero Meza
  10. Hernán Fernando López Monárdez
  11. Jorge Andrés Cuello Leyton
  12. José Alfredo Rivas Cuevas
  13. Luis Alejandro Fuenzalida Ibacache
  14. Luis Enrique Gacitúa Retamal
  15. Luis Enrique Veloso Muñoz
  16. Marco Aurelio Urrutia Galleguillos
  17. Óscar Leonardo Larenas Guzmán
  18. Osvaldo Mario Luis Sacco Croxatto
  19. Sergio Fernando Concha Ríos
  20. Sergio Mauricio Saavedra Manríquez
  21. Thomas Gottleieb Posch Figueroa
  22. Luciano Vanella Muñoz

Por otra parte, el tribunal acogió el reclamo de la Fiscalía frente a las cautelares menores que impuso a Cecilia Leyton Guerrero, Nuvia Luna Fernández y Olga Barraza Quezada, por lo que las imputadas quedaron detenidas en tránsito hasta que la Corte de Apelaciones de Santiago resuelva la medida que deberán cumplir.

La audiencia continuará este viernes con la discusión de las cautelares que se dispondrá para el resto de los imputados en la causa, para quienes el Ministerio Público adelantó que pedirá medidas de menor intensidad.

Esto se explica porque, según la resolución, "el tribunal considera que no existen antecedentes para fundar presunciones fundadas de participación en calidad de autores del delito de asociación ilícita a los imputados que detentan la calidad de usuarios finales", es decir, quienes recibieron las boletas falsas, razón por la cual tampoco fueron acusados de lavado de activos.

De momento, el juzgado fijó en seis meses el plazo de investigación.

"PORTONAZOS TRIBUTARIOS"

La jueza identificó a seis grupos diferentes que participaron del megafraude, que el Ministerio Público estima que ronda los 240 mil millones de pesos: se trata de los clanes Canessa, Galaz, Barraza, Sacco Croxatto, Nexus, y Barriga y Polanco.

Mientras argumentaba su decisión en la audiencia, dio cuenta de que las defensas decían prever que, por la irreprochable conducta anterior de sus representados, "posiblemente estas causas terminarán en procedimientos abreviados con penas sustitutivas", sosteniendo que aunque "es cierto que todo puede suceder, es altamente improbable que los casos terminen con clases de ética, al menos en relación con los imputados de los que estamos hablando".

Por otra parte, desestimó la presunta falta de proporcionalidad de la prisión preventiva que alegaron dichos abogados, apuntando que en casos de portonazos, la Fiscalía suele solicitar la misma cautelar "aun cuando muchas veces (los delincuentes) no tengan condenas anteriores".

"Un portonazo es grave, afecta a una o más personas, a veces a una familia completa. Los delitos que estamos conociendo en esta causa afectan a cientos, miles de familias chilenas. Estos son verdaderos portonazos tributarios y poseen un efecto expansivo demoledor, especialmente en el sector más vulnerable de la sociedad. Si la cláusula de peligro para la seguridad de la sociedad debiese solo aplicarse a los delitos violentos y no a los delitos cometidos 'con buenas maneras', la ley los habría excluido", planteó Zapata.

A la vez, observó que "las buenas maneras empleadas en la forma de comisión de estos delitos solo disimulan sus circunstancias espurias, pues si los dineros obtenidos a través de estas operaciones por los imputados hubiesen permanecido en las arcas fiscales, habrían podido destinarse a través de las adecuadas políticas públicas a ciertos sectores de la población y es muy probable que con ocasión de ello tendríamos menos violencia en las calles. Por lo cual, atendido este punto de vista, podría sostenerse que estos delitos están, también, fuertemente vinculados a la violencia".

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter