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Suprema ordenó indemnizar a familia de paciente fallecida por errado tratamiento médico

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Autor: Cooperativa.cl

Máximo tribunal condenó al Servicio de Salud de Magallanes a pagar 100 millones de pesos a los familiares de Teresa Muñoz Gómez.

La mujer estuvo internada cerca de un mes en el Hospital de Magallanes sin que se le realizarán exámenes para detectar fatal infección.

Suprema ordenó indemnizar a familia de paciente fallecida por errado tratamiento médico
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La Corte condenó al Servicio de Salud de Magallanes a pagar 100 millones de pesos.

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La Corte Suprema condenó al Servicio de Salud de Magallanes a pagar 100 millones de pesos a los familiares de Teresa Muñoz Gómez, quien falleció en 2012 por la falta de servicio que recibió en el Hospital Clínico de Punta Arenas. 

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal descartó infracción de ley en la sentencia recurrida que condenó al servicio por el mal tratamiento brindado a Muñoz Gómez, quien permaneció internada por más de un mes, sin que se le realizaran exámenes que permitieran detectar la infección que, finalmente, provocó su deceso.

"(...) Se debe señalar que la situación fáctica que se dio por acreditada por los sentenciadores (...) permiten tener por configurada la falta de servicio consagrada normativamente en el artículo 38 de la Ley 19.966, pues claramente el Servicio de Salud demandado, a través de su red hospitalaria -Hospital Regional de Magallanes- no otorgó a Teresa Muñoz Gómez, una atención de salud de manera eficiente y eficaz", señala parte del fallo.

La mujer "permaneció internada desde el día 4 de marzo de 2012 hasta la fecha de su fallecimiento el 5 de abril del mismo año, esto es, por más de un mes. Si bien, en una primera instancia se le diagnóstico pielonefritis y se entregó un tratamiento acorde a esa patología, los médicos decidieron dejarla internada en atención a la sintomatología que seguía presentando, relacionada con el dolor lumbar", añade el dictamen.

"Es en este contexto que, la omisión que se reprocha al demandado, se relaciona con la falta de actividad médica concreta para establecer la causa de tal sintomatología, toda vez que durante el lapso de 16 días sólo se le mantuvo en observación y si bien se derivó a traumatología, no se logró establecer la afección de la actora, retardando injustificadamente la práctica del examen que arrojó resultados contundentes, que de haberse efectuado a tiempo dicho examen también habría permitido obtener oportunamente los resultados que arrojó; circunstancias que indudablemente habrían evitado el desenlace fatal", resalta la resolución.

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