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Vocero de Fiscalía de La Araucanía: La Ley Antiterrorista merece revisiones

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Autor: Cooperativa.cl

Roberto Garrido comentó en Cooperativa el veredicto absolutorio en el juicio por el asesinato del matrimonio Luchsinger Mackay.

Vocero de Fiscalía de La Araucanía: La Ley Antiterrorista merece revisiones
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Tribunal determinó absolver a los 11 comuneros imputados.

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El vocero de la Fiscalía Regional de La Araucanía, Roberto Garrido, reafirmó la necesidad de revisar la Ley Antiterrorista tras el veredicto absolutorio para los 11 comuneros acusados por el crimen del matrimonio Luchsinger Mackay, quienes fueron acusados bajo dicho cuerpo legal.

En diálogo con El Diario de Cooperativa, el representante del Ministerio Público confirmó además que, luego de conocer el texto completo del veredicto, se determinará la causal para pedir la nulidad del juicio.

"Lo hemos sostenido: (la Ley Antiterrorista) es una legislación que merece revisión en cuanto a la tipificación de los delitos y también en cuanto a las herramientas investigativas que otorga, por ejemplo, para la introducción de medios intrusivos y de otros tipo de diligencias, como la utilización de agentes encubiertos, que no están contemplados en la ley Antiterrorista, no obstante que sí se permite para delitos de narcotráfico", dijo el fiscal.

Además, admitió que "si bien este es un escenario no favorable, nos va a obligar a repasar cómo se llevó adelante la investigación, qué es lo que podemos mejorar, cómo podemos mejorar la coordinación con las policías y en qué sentido podemos exigir mejores diligencias y mejores resultados a los órganos coadyuvantes en la investigación".

"Eso vamos a poder determinarlo una vez que conozcamos el texto completo de la sentencia, pero para poder determinar cuáles van a ser las causales que se van a invocar y la forma como se va a enfrentar el recurso de nulidad, tenemos que conocer el texto de la sentencia, y eso es recién a contar del 14 de noviembre", recordó.

"Exigencia que no contempla la legislación"

Además, Garrido compartió la crítica del fiscal nacional, Jorge Abbott, en relación con el estándar probatorio exigido por el tribunal.

"El veredicto ayer señala que existe una declaración de uno de los acusados, que la estima válida y obtenida sin vulneración de garantía. No obstante, después dice que debió haberse aportado prueba que derivaba de fuentes diferentes y, en ese contexto, nos parece que está haciendo una exigencia que no contempla la legislación", comentó.

"Lo que conocimos del veredicto nos da a entender que, entonces, sólo van a poder ser llevados a un juicio los casos donde hay detenidos en situación de flagrancia, y que incluso la confesión de una persona, ratificada por otros medios de convicción, no es suficiente para probar la participación en un delito", lamentó.

El portavoz desligó responsabilidad del Ministerio Público en cuanto a la demora en el inicio del juicio oral, más de un año después de culminada la etapa de investigación de la causa

"El 26 de agosto de 2016 la Fiscalía presentó acusación, es decir, transcurrió más de un año entre que la Fiscalía cerró la investigación, presentó la acusación y se pudiera realizar el juicio oral. Se produjeron varias suspensiones de audiencias de preparación juicio oral, todas a instancias de la defensa. Nosotros estábamos en condiciones de realizar este juicio hace mucho tiempo atrás en las mismas condiciones, y el juicio se habría realizado en las mismas condiciones en un tiempo razonable y prudente, pero la extensión de la prisión preventiva, la extensión del tiempo desde que se inicia la investigación, la formalización, hasta el juicio, no es imputable a la Fiscalía", concluyó.

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