La vocera del movimiento Alerta Isla Riesco, Ana Stipicic, aseguró que no son sorpresa los cargos formulados por la Superintendencia de Medio Ambiente en contra de la Minera Invierno, titular del proyecto Mina Invierno, que extrae carbón desde Isla Riesco, debido a incumplimientos de las condiciones, normas y medidas establecidas en su resolución de calificación ambiental.
En conversación con Lo que Queda del Día, la activista sostuvo que pese a valorar estos cargos contra el proyecto liderado por los grupos Angelini (Copec) y Von Appen (Ultramar), hay preocupación porque se confirman las denuncias realizadas por la agrupación a la que pertenece.
"Estos cargos son parte de las denuncias que nosotros hicimos en febrero de este año a muchas autoridades regionales, nacionales, a muchos políticos. Los argumentos, los cargos que genera la superintendencia no son sorpresa porque son parte de las denuncias que hicimos en ese momento", indicó Stipicic.
La vocera de Alerta Isla Riesco añadió que "la sorpresa es que (la resolución) haya salido después de ocho meses, una sorpresa de la cual nos alegramos, pero estamos preocupados y apenados porque se confirman estas denuncias que hicimos".
Además indicó que "esta cosa empezó mal desde un comienzo, el que después de un año, porque minera Isla Riesco empezó a trabajar el año pasado, hayamos recibidos denuncias anónimas, hayamos constatado que el río que lleva el agua minera hacia el mar estaba turbio, y empezamos a hacer denuncias y después de ocho meses la superintendencia genera estos cargos ratifica nuestras preocupaciones iniciales que este proyecto no debía ser aprobado tal como estaba".
Ana Stipicic además apuntó a la falta de fiscalización de las autoridades para que la empresa cumpliera con sus compromisos, aunque matizó que el problema es que no hay capacidad para realizar estas revisiones.
"Sí hemos querido que la empresa haga las cosas bien, pero como podemos estar seguros que hace las cosas bien, si nuestros organismos fiscalizadores no están ahí constatándolo. Acá por mucho que la empresa haya prometido en la resolución de calificación ambiental que iba a asegurar el cumplimiento de los temas, necesitamos autoridades que realmente fiscalicen que esto sea así", añadió la opositora al proyecto.
Los cargos de la Superintedencia
1) Se constató que las piscinas de decantación que tratan las aguas que se generan en el rajo, no están cumpliendo con su objetivo de abatir los sólidos suspendidos de las aguas, que luego son vertidas hacia el Estero Chorrillo Invierno 2.
2) Minera Invierno omitió presentar informes trimestrales con los resultados de los monitoreos semanales de sólidos suspendidos del agua que ingresa y que sale de las piscinas de decantación, establecidos en su RCA. También omitió presentar el Informe consolidado de Plan de Vigilancia Ambiental para Recursos Hídricos previo a la entrada en operación del proyecto.
3) La compañía también omitió presentar los informes semestrales relativos al "Plan de Vigilancia Ambiental para Alerta Temprana de Calidad de Agua" y "Plan de Vigilancia Ambiental para Control de Arrastre de Sólidos".
4) Se constató existencia de un área de acopio temporal de carbón extraído no contemplada en la RCA del proyecto.
5) Minera Invierno omitió actualizar, dentro de plazo, la etapa en que se encontraba dicho proyecto, dentro de la Resolución N° 574 de la Superintendencia. La compañía había informado que el proyecto asociado se encontraba en fase construcción, en circunstancias que ya se encontraba en su etapa de operación.
Eventuales sanciones
Los cargos formulados por la Superintendencia se clasifican como leves y graves. Por ley, los cargos leves pueden derivar en una amonestación por escrito o multa hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a unos 486,33 millones de pesos.
En tanto, los cargos graves pueden ser objeto de la revocación de una RCA, clausura, o multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), unos 2.431,7 millones de pesos.
Cabe consignar que la gravedad de las infracciones será clasificada de manera definitiva en el dictamen final, en virtud de los antecedentes que se aporten en el proceso sancionatorio.
En tanto, el infractor tendrá 10 días de plazo para presentar un Programa de Cumplimiento o cuenta con 15 días de plazo para formular descargos ante esta Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.