Violencia intrafamiliar: Agresor pasará tres años preso por incumplir orden de alejamiento

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

S.P.R.V. acudió seis veces, borracho y agresivo, a la casa de su expareja y sus hijos.

Fue condenado por desacato reiterado.

Violencia intrafamiliar: Agresor pasará tres años preso por incumplir orden de alejamiento
 ATON (referencial)

La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral de Rengo.

Llévatelo:

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a un sujeto de iniciales S.P.R.V. a tres años y un día de presidio efectivo por desacato reiterado en contexto de violencia intrafamiliar, cometido en la comuna de Rengo entre febrero y noviembre de 2021.

"Los días 01 de febrero, 29 y 30 de mayo, 15 de agosto y 14 de noviembre, todos de 2021, en horas del día, el acusado concurrió bajo los efectos del alcohol al domicilio (...) donde residía su exconviviente y sus hijos comunes (...), procediendo en dichas oportunidades a exigirles que se fueran de esa casa porque él volvería a vivir ahí en unos días y/o exigir ver a su hijo menor", consigna el fallo.

Con estas acciones, el sujeto incumplió una medida cautelar dictada el 7 de diciembre de 2020 por el Juzgado de Familia de Rengo y prorrogada por seis meses más el 3 de junio de 2021, que disponía la prohibición de acercarse a menos de 500 metros a las víctimas, a su domicilio, lugar de estudios o cualquier otro sitio en que éstos se encontraran o frecuentaran habitualmente.

PENAS ADICIONALES

En una resolución unánime, el tribunal aplicó a S.P.R.V., además, las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; la prohibición de acercarse de cualquier forma a las víctimas o a su domicilio, lugar de trabajo o a cualquier otro lugar al que éstas concurran habitualmente; y el pago de las costas del juicio.

También se ofició al Servicio de Registro Civil e Identificación a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 12 de la Ley 20.066, que establece un registro especial de las personas que hayan sido condenadas, con sentencia ejecutoriada, como autoras de violencia intrafamiliar.

LEER ARTICULO COMPLETO

Suscríbete a nuestro newsletter