Esta jornada el Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana emitió un fallo en el que ordena repetir en forma parcial la elección del pasado 15 y 16 de mayo en la comuna de San Ramón, en la que resultó reelecto como alcalde, por estrecho margen, el cuestionado Miguel Ángel Aguilera (independiente, ex socialista), que en paralelo espera para ser formalizado por presunta corrupción.
El Tricel ordenó la repetición del proceso en 65 mesas, de cinco locales de sufragios, luego de un recurso de nulidad presentando por los competidores de Aguilera: el DC Gustavo Toro -quien terminó segundo en los comicios-, el RN David Cabedo (cuarto) y los independientes Genaro Balladares (quinto) y Miguel Pino (sexto), además de varios concejales, que denunciaron una serie de vicios que, según sus opiniones, podían provocar que las elecciones fueran impugnadas completamente.
El fallo sostiene que "este Tribunal se ha formado convicción que han existido graves vicios de nulidad del acto eleccionario constituidos por el ejercicio sin control del voto asistido en los locales de votación Liceo Municipalizado Araucanía y la Escuela Arturo Matte Larraín, que configura la causal de invalidación prevista en la letra c) del artículo 105 de la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios; y la integración irregular de las mesas receptoras de sufragios por personas ajenas a los locales de votación del Liceo Municipal Purkuyén, la Escuela Sendero del Saber, Escuela Arturo Matte Larraín y la Escuela Villa La Cultura".
Agrega que "que los graves vicios de nulidad detectados afectan íntegramente la confianza y legitimidad del proceso electoral llevado a cabo en dichos vocales de votación, han tenido influencia en el proceso eleccionario de alcalde y concejales de la comuna de San Ramón en la medida que estos han contaminado la expresión de la voluntad soberana de los ciudadanos expresada a través de su voto, en los términos de relevancia y trascendencia que exige el inciso final del artículo 105 de la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios".
En este contexto, el tribunal electoral acogió parcialmente el reclamo interpuesto y declaró que "se anula el proceso eleccionario de alcalde y concejales de la comuna de San Ramón, sólo respecto de los siguientes locales de votación y mesas receptoras de sufragio":
- Mesas 1V, 2V, 3V, 4V, 5V, 6V, 7V, 8V, 9V, 10V, 11V y 12V, que funcionaron en el Liceo Municipal Purkuyén (Colegio Escrutador 13.043).
- Las mesas receptoras de sufragios 83V, 84V, 85V, 86V, 87V, 88V, 89V, 90V, 91V, 92V, 93V, 94V, 95V, 96V, 97V y 98V, que funcionaron en la Escuela Sendero del Saber. (Colegio Escrutador 13.043)
- Las mesas receptoras de sufragios 1M, 2M, 3M, 4M, 5M, 6M, 7M, 8M, 9M, 10M, 11M, 12M, 13M y 14M, que funcionaron en el Liceo Municipalizado Araucanía (Colegio Escrutador 13.073)
- Las mesas receptoras de sufragios 46M, 47M, 48M, 49M, 50M, 51M, 52M, 53M, 54M, 55M, 56M, 57M, 58M, 59M, 60M, 61M, 62M, 63M, 64M, 65M, y 66M, que funcionaron en la Escuela Arturo Matte Larraín (Colegio Escrutador 13.073.
- Las mesas receptoras de sufragios 104M y 107M, que funcionaron en la Escuela Villa La Cultura (Colegio Escrutador 13.073).
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COMPETIDORES DE AGUILERA CELEBRAN "FALLO HISTÓRICO"
Tras conocer la decisión del Tricel, Gustavo Toro lo calificó como un "fallo histórico", porque, a su juicio, "habla de la justicia social que debe existir en Chile con la gente que más lo necesita".
"Hoy día estos jueces valientes han dictado una sentencia y le ponen una muralla al frente a la 'narcopolítica'. Por primera vez en Chile, se anula una elección parcialmente donde hay vínculos de personas con el narcotráfico, corrupción y cohecho", aseveró el candidato demócrata cristiano en las puertas del tribunal.
"Fuimos 15 los que nos presentamos ante este tribunal y hoy nos encuentran la razón, sobre todo a los vecinos, quienes buscan justicia en una comuna que ha sido estigmatizada ante una administración nefasta que está ante las redes de la corrupción", agregó.
En ese marco, Toro detalló que "denunciamos hechos muy graves que atentan contra la democracia, principalmente problemas en los sellos de las cajas. Había un asistencialismo masivo, aquí habían mecanismos de coacción donde a la gente incluso se le marcaba el voto. Denunciamos que hubo cohecho, hubo testigos que declararon que incluso se pagó por el voto".
Por su parte, David Cabedo, tercera mayoría en la elección, sostuvo que la resolución del Tricel "significa un nuevo golpe a la maquinaria de corrupción que el sinvergüenza de Aguilera tiene armada en nuestra comuna".
"Tomaremos este fallo como un antecedente fundamental y, si es necesario perseguir en segunda instancia la anulación total y completa del proceso eleccionario de alcaldes y concejales en nuestra comuna, lo voy a estudiar para recurrir", añadió el candidato de RN.
Junto con la decisión informada al Servicio electoral y a la Junta Electoral, el Tricel dijo que oficiará al Ministerio Público "para los efectos que haya lugar".
LA REELECCIÓN DE AGUILERA
Las elecciones municipales en esta comuna dieron cuenta que Aguilera consiguió mantener su cargo, que ostenta desde 2012, tras obtener el 23,98% de los votos (8.342 sufragios), superando por poco margen a su más cercano competidor, Toro, que alcanzó el 21,83% (7.593).
En tanto, sobre su situación judicial, el alcalde de San Ramón, quien había sido notificado en abril de que la investigación en su contra sería formalizada el 27 de septiembre, ahora deberá presentarse en el 15° Juzgado de Garantía de Santiago el próximo 21 de junio.
Aunque hace unos años Aguilera se convirtió en un símbolo de la "narcopolítica" en el país, los cargos que se pretende imputarle en esta ocasión son enriquecimiento ilícito (entre 2013 y 2017), cohecho (entre 2014 y 2016) y lavado de dinero (entre 2013 y 2017), indagación que continúa dos años después de que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) se querellara en su contra.