Corte Suprema de Argentina confirmó la extradición a Chile de Jones Huala

Publicado:
| Periodista Digital: EFE

El líder mapuche fue condenado en 2018 por los delitos de incendio y tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal cometidos en 2013.

Sin embargo, luego de que le otorgaran la libertad condicional se fugó y fue detenido a inicios de este año.

Corte Suprema de Argentina confirmó la extradición a Chile de Jones Huala
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La Corte Suprema de Argentina confirmó este martes un fallo que ordena extraditar a Chile a Francisco Facundo Jones Huala, líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM).

Según informaron fuentes judiciales, el Supremo argentino ratificó la sentencia de extradición para que Jones Huala cumpla en Chile con el saldo de la pena a la que fue condenado por el tribunal penal de Valdivia, en la Región de Los Ríos.

Jones Huala, de 37 años y nacionalidad argentina, fue condenado el 21 de diciembre de 2018 en Chile por los delitos de incendio y tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal cometidos en 2013.

Cuatro años después, el 21 de enero de 2022, le fue concedida la libertad condicional. Esa decisión, sin embargo, fue revocada el 15 de febrero de ese mismo año.

Ante la falta de comparecencia de Jones Huala a los tribunales chilenos, la justicia lo declaró en rebeldía y libró una orden de detención en su contra.

El líder mapuche fue detenido el 30 de enero pasado en la localidad de El Bolsón, en la sureña provincia argentina de Río Negro, limítrofe con Chile.

El Juzgado Federal de la ciudad argentina de San Carlos de Bariloche declaró procedente la extradición a Chile de Jones Huala para que cumpliera con el año, cuatro meses y diecisiete días de prisión, pendientes de la pena impuesta por los tribunales chilenos.

La defensa del dirigente mapuche apeló esa resolución, pero la Procuración General de la Nación de Argentina dictaminó en favor de la confirmación de la sentencia y finalmente la Corte Suprema se pronunció este martes en igual sentido.

En su fallo, la Corte señaló que "las críticas introducidas por el recurrente para privar de validez a lo resuelto en la instancia anterior no resultan idóneas como para obtener ese resultado".

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