La Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmó la exclusión de parte de las pruebas que iba a presentar la Fiscalía de Ancud en el juicio oral contra el único imputado por el incendio que destruyó la Iglesia San Francisco de Ancud, hecho acontecido el 22 de enero del 2020.
El tribunal de alzada ratificó lo resuelto por el Juzgado de Garantía de Ancud, por lo que la Fiscalía no podrá presentar, entre otras pruebas, la declaración íntegra de los cinco funcionarios de la PDI que participaron en la detención del acusado, como tampoco las cosas incautadas en el domicilio de éste, puesto que tal diligencia fue ilegal.
"La Corte estimó que la policía incautó las especies del acusado sin su autorización, como dueño de las mismas, ni con autorización judicial previa, lo que es ilegal. También confirmó que durante la diligencia, autorizada por su madre, a ésta no se le advirtió que su hijo se encontraba detenido y que en ese momento tenía la calidad de imputado", explicó Humberto Ramírez, de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Los Lagos.
Los ministros consideraron que en el peritaje psicológico que realizó el Servicio Médico Legal al acusado también hubo vulneración de garantías, puesto que se le realizaron preguntas cuyas respuestas podían autoincriminarlo, sin informarle de sus derechos a guardar silencio y a que estuviera presente su abogado defensor.
"El fallo es relevante, porque señala que el cumplimiento de los derechos fundamentales no es algo que los jueces puedan determinar libremente, sino que son básicos, imprescindibles para que una pena sea justa. En otras palabras, una sanción no puede ser legítima si el camino para llegar a ella implica vulnerar los derechos de las personas", destacó el defensor penal público.
Sin perjuicio de que la decisión final será tomada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro, "sí nos permitimos afirmar que las pretensiones del Ministerio Público se ven bastante mermadas respecto de su pretensión acusatoria", anticipó el abogado.
La Fiscalía de Ancud pide 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio para el imputado.