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Clínica Las Condes fue condenada por no informar a paciente que su operación tenía cobertura GES

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Autor: Cooperativa.cl

La Corte de Apelaciones indicó que el actuar del recinto y del médico tratante -que también fue condenado- privó al afectado de "la protección financiera que la ley confiere" para ciertas patologías.

La víctima deberá ser indemnizada, en un monto que aún no está determinado.

Clínica Las Condes fue condenada por no informar a paciente que su operación tenía cobertura GES
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En paralelo, sigue adelante la demanda de la Clínica contra el Estado por los perjuicios provocados por las disposiciones del Minsal en medio de la epidemia Covid, "entre marzo de 2020 y mayo de 2021".

Llévatelo:

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió una demanda contra un médico y contra la Clínica Las Condes, por no haber informado a un paciente que su enfermedad, y la intervención a la que se sometió, está cubierta por el Plan de Garantías Explícitas en Salud (GES).

En un fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada revocó una sentencia dictada por el 30° Juzgado Civil de Santiago, que había rechazado la demanda del ingeniero Carlos Serka contra la Clínica y el médico traumatólogo Roberto Larrondo, quien el año 2007 lo operó de una hernia del núcleo pulposo, cuyo tratamiento está cubierto por el Estado.

Según la Corte, el hecho "asentado" de que el paciente no fue informado sobre la garantía pública le "privó de acceder a la protección financiera que la ley confiere para una patología cubierta por el GES, tanto para su tratamiento como su seguimiento".

La resolución hace notar que, "en la demanda (del afectado), dentro de los daños y perjuicios (descritos), se alude expresamente a la desprotección económica que implicó la falta de notificación que se analiza".

LA SENTENCIA

En definitiva, la sentencia resuelve que "se acoge la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual por no haberse informado por ninguno de los demandados al demandante acerca de que la enfermedad que padecía se encontraba cubierta por el Plan de Garantías Explícitas en Salud".

En consecuencia, "se condena a los demandados a indemnizar al actor los perjuicios que tal omisión le provocaron, los que deberán determinarse en la etapa de cumplimiento de la sentencia", rematan los jueces (ver archivo adjunto).

TRIBUNAL RECHAZA PETICIÓN DEL CDE PARA ANULAR DEMANDA DE LA CLÍNICA 

En otro caso judicial que involucra a la Clínica Las Condes, el Primer Juzgado Civil de Santiago rechazó la solicitud que realizó el Consejo de Defensa del Estado para anular la demanda que inició la compañía en contra del Ministerio de Salud.

La resolución indica que la demanda "contiene los requisitos establecidos en el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil y reviste, además, con la suficiente claridad como para hacer entendible todos los aspectos indicados en el libelo, y no deja al demandado en una situación de indefensión, (...) transformándose en una discusión de fondo y no de forma" (ver archivo adjunto).

De esta forma, continúa el proceso que inició el 29 de junio el recinto privado debido los perjuicios económicos que le han provocado las disposiciones sanitarias del Estado en medio de la epidemia de coronavirus.

La Clínica exige al Fisco, con su demanda, que pague "los perjuicios directos derivados de las medidas impartidas por la autoridad, causados entre el 25 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021".

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