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Con plan de pago incluido: Qué dicen las indicaciones a la Ley Corta de Isapres

Publicado:
| Periodista Digital: Cooperativa.cl

El Ejecutivo entregó una serie de modificaciones que buscan dar equilibrio financiero al sistema y resguardo a los usuarios.

Entre los puntos se destaca la adecuación de los planes, la presentación de un plan de pago y medidas efectivas de mayor eficiencia del gasto.

Con plan de pago incluido: Qué dicen las indicaciones a la Ley Corta de Isapres
 ATON (archivo)

"Lo que nos motiva es la responsabilidad que tenemos con el sistema de salud de mantener las atenciones de las personas", afirmaron desde el Minsal.

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El Gobierno ingresó este viernes las indicaciones al proyecto de Ley Corta de Isapres, modificaciones que, detalló el Minsal, buscan dar sostenibilidad y equilibrio financiero al sistema, así como protección y resguardo a los usuarios, en el contexto de viabilizar y dar certeza jurídica al fallo de la Corte Suprema.

En la presentación, la ministra de Salud, Ximena Aguilera, afirmó que las modificaciones dan cuenta del efecto sistémico que puede tener el cumplimiento de la sentencia, "tanto para los asegurados del sistema público y del privado".

"Por lo cual en la ley corta se incorpora un componente para el fortalecimiento de Fonasa a través de la modalidad de cobertura complementaria que también va a ser objeto de indicaciones para una mejoría", detalló la autoridad sanitaria.

En detalle, Aguilera explicó los puntos que buscan abordar estas indicaciones:

TABLA ÚNICA

Se hará efectiva la adecuación de los planes a la tabla única de factores -como pide la primera sentencia-, la suspensión del cobro de los menores de 2 años y nonatos.

Respecto a la sentencia que ocurrió mientras se discutía el proyecto de ley -la adecuación de la prima GES- se está analizando cómo hacerla calzar para el comienzo del proyecto de ley porque en ese caso se mandataba directamente a las isapres y se está en conversaciones con ellos para resolverlo.

7 POR CIENTO

Se debe adoptar como regla general la obligación de aportar el 7 por ciento de las remuneraciones en consistencia con el régimen de la seguridad social. Esto va a afectar tanto los cobros en exceso, como el cálculo de los planes a futuro.

EXCEDENTES

Quienes tenían un plan con un monto inferior al 7 por ciento -aproximadamente el 30 por ciento de los afiliados- podrán optar a mayores beneficios en consistencia con la reducción de los excedentes, dado que se va a llevar a la regla de la seguridad social.

PLAN DE PAGO

Cada isapre deberá presentar un plan de pago. Si bien estaba recogido del proyecto original, ahora se define que ese plan de pago debe ser aprobado por la Superintendencia de Salud y un Consejo Asesor que ahora será de carácter permanente, recogiendo parte de las recomendaciones del Comité Técnico de la Comisión de Salud del Senado.

Se acortará el plazo a dos meses para la presentación de este plan de pago en cuenta del tiempo que ha pasado y que hay una definición más clara.

En ese mismo plan, cada isapre deberá proponer medidas efectivas de mayor eficiencia del gasto, así como en caso de requerirlo, se autorizará un alza extraordinaria del precio base para compensar el efecto de la sentencia GES, es decir, la isapre tendrá que presentar un plan de pago, justificación de un alza extraordinaria, y medidas efectivas de mayor eficiencia del gasto.

Las personas que hayan sido objeto de los cobros excesivos van a mantener el derecho al reintegro de estos, aun cuando se hubieran cambiado de Isapre o a Fonasa. Ese reintegro será vía excedentes, según el plan de pago de cada Isapre.

PANEL TÉCNICO

El consejo asesor pasa a ser permanente con un panel técnico para la regulación de la tarificación de las isapres. Los miembros de este consejo van a ser definidos por Alta Dirección Pública y remunerados.

COBERTURA COMPLEMENTARIA DE FONASA

Sobre la Modalidad de cobertura complementaria de Fonasa, se simplifica la propuesta original (que tenía 3 esquemas de cobertura).

Ahora es solo un esquema de cobertura, el arancel será propuesto por Fonasa y aprobado por Hacienda, incorporará un seguro catastrófico, y el valor de la prima será plana, es decir, un mismo valor para todas las personas.

No habrá discriminación en el seguro complementario de Fonasa y su reajuste será en UF y se adecuará a criterios establecidos por la ley.

FONASA Y GES

Se incorpora que, en caso de insolvencia de Isapre, Fonasa estará obligado a mantener cobertura en función de los casos que se han judicializado, en caso de quienes tienen cobertura GES, así como quienes hayan activado el seguro catastrófico en caso de la eventual insolvencia.

"POR RESPONSABILIDAD"

La ministra Aguilera además expresó que "lo que motiva al gobierno a presentar la Ley Corta y también las indicaciones, es la responsabilidad que tenemos con el sistema de salud de mantener las atenciones de las personas".

"Es un escenario al cual nos hemos enfrentado y el cual no hemos causado ya que es producto de la judicialización excesiva que ha tenido el sector y que tiene relación con la estructura de funcionamiento de los seguros privados que, usando la cotización que es de la seguridad social, funciona con leyes de mercado y eso ha sido la fuente de la judicialización creciente y que por responsabilidad tenemos que implementar esta ley e indicaciones como propuesta de mejoría", cerró la titular de Salud.

La Asociación de Isapres afirmó que se encuentra analizando las indicaciones antes de emitir una declaración al respecto.

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