Corte Suprema expresó críticas respecto a control de identidad preventivo

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Autor: Cooperativa.cl

"Es difícilmente aceptable desde la perspectiva de un estado democrático de Derecho", afirmó el máximo tribunal.

La Suprema manifestó dudas respecto a varias medidas de la Agenda Corta Antidelincuencia.

Corte Suprema expresó críticas respecto a control de identidad preventivo
 UNO Archivo

Advirtieron de "múltiples casos de detenciones innecesarias o frívolas" por errores burocráticos e interpretaciones incorrectas de la realidad.

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La Corte Suprema expresó sus críticas a varias medidas de la Agenda Corta Antidelincuencia, incluyendo la indicación que establece el control preventivo de identidad.

Sobre este punto, el máximo tribunal del país manifestó que "esta regla, además de inusual -es difícil pensar qué clase de antecedente podría tener algún carabinero de la existencia de una orden de detención pendiente respecto de una persona determinada, además de la propia orden de detención que lo autorizaría, sin más, a restringir su libertad-, es difícilmente aceptable desde la perspectiva de un estado democrático de Derecho".

"Ello, especialmente, en atención a la enorme discrecionalidad que esta norma implica, la considerable cantidad de tiempo de restricción que autoriza (8 horas), y a la laxa regulación de la flagrancia -que puede constituirse, simplemente, con el señalamiento de un testigo presencial, hasta doce horas después de la comisión del hecho-", añade el texto de la Suprema.

Respecto de la regulación del reconocimiento del imputado, o su identificación como responsable del delito, como razón suficiente para decretarla, la Corte Suprema señaló que "la detención, así como la prisión preventiva, no constituyen antejuicios. Ellas son medidas extraordinarias, cautelares de los fines internos del procedimiento".

"En este sentido, la afirmación de la probabilidad de autoría o participación en un imputado es un antecedente necesario, pero en ninguna medida suficiente para decretarlas, y esto es una consideración esencial de nuestro sistema que no puede pasarse por alto. En este sentido, la reforma al artículo 127 implicaría una vulneración abierta al principio de inocencia y al derecho a un juicio previo", aseveraron.

Además, señalaron que "la existencia de errores burocráticos e interpretaciones incorrectas de la realidad, sugieren que estas reformas podrían provocar múltiples casos de detenciones innecesarias o frívolas, que en definitiva sólo pondrán en peligro la legitimidad de un sistema que, tal como acepta el mensaje en términos generales, funciona bien".

"Desconfianza generalizada"

En el texto, indicaron que varias de las medidas planteadas en la Agenda Corta Antidelincuencia "dan cuenta de criterios marcadamente policiales y que limitan
enormemente las facultades de control de juridicidad que los tribunales de justicia,
especialmente el Juez de Garantía, están llamados a realizar".

"La reforma postula una desconfianza generalizada a la manera en que operan los tribunales de justicia", manifestaron.

"Desconfianza que no se justifica en los datos del sistema, y que por lo tanto, no implicarían mayores niveles de eficacia policial, sino tan sólo un desmedro importante en la tutela judicial efectiva de los derechos de libertad y seguridad individual de las persona", aseveraron.

"Difícil justificar cesión de datos para finalidades investigativas"

Sobre las propuestas sobre apoyo a la función investigativa del Ministerio Público, comentó que "es difícil justificar un tratamiento y cesión de datos para finalidades investigativas".

"Se debe tener en cuenta que el registro que los sistemas de tramitación electrónica del Poder Judicial realizan de diversos datos, tiene por objeto resguardar el proceso y facilitar o agilizar la labor jurisdiccional. Por esta razón, es difícil justificar un tratamiento y cesión de datos para finalidades investigativas, salvo que se establezca legal y/o constitucionalmente una doble misión de los datos recolectados por el Poder Judicial en el ejercicio de sus funciones", explicaron en el informe.

Incluso, expresaron que "resulta discutible, bajo un principio acusatorio, el hecho de que los órganos acusadores cuenten con tales mecanismos de control de la población, sin que exista un correlato adecuado desde la perspectiva de la defensa o de los datos personales".

El proyecto fue analizado por el pleno del máximo tribunal el viernes 11 de septiembre pasado y remitido el lunes 14 al presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Leonardo Soto (PS).

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