El fiscal regional de Valparaíso, Pablo Gómez, solicitó el pasado viernes ante el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago sobreseer la investigación contra 58 imputados en el caso SQM, debido a que los hechos indagados estarían prescritos.
"Hemos logrado determinar con detalle la participación que ellos han tenido en estos hechos. Sin embargo, advertimos que si contamos el plazo de prescripción, han transcurrido con creces los cinco años que establece la ley antes de que el SII hubiese presentado una denuncia o una querella en su contra", afirmóo Gómez.
"Creemos que la mayoría de esos dineros fueron destinados al financiamiento de campañas políticas", agregó.
Asimismo, negó que esto sea una señal para el futuro caso: "La Fiscalía no entrega señales, más bien toma decisiones dentro del marco que la ley establece".
Al respecto, el abogado querellante del caso SQM, Mauricio Daza, aseguró que la decisión de la Fiscalía es controvertida porque "en cualquier causa criminal donde se alega la prescripción, primero se deben investigar los hechos, establecer lo sucedido y después aplicarla en caso que proceda".
"De esta forma, no sólo se puede determinar si realmente concurre, sino que además se puede descartar que no existan otros delitos de distinta naturaleza o penalidad a los que no proceda aplicar la prescripción que se reclama", añadió.
"Nada de esto ha sucedido en el caso SQM", sentenció el abogado.
Tras la solicitud del fiscal, el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago fijó la audiencia de sobreseimiento para el 22 de marzo, oportunidad en que se terminará la investigación contra personas ligadas al ex Presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle, entre ellas su hermano Francisco; a la Presidenta Michelle Bachelet, al ex ministro Pablo Longueira, como su hijo José Tomás; y al actual senador Fulvio Rossi.
La investigación del caso SQM
En la investigación que comenzó en 2015, el Ministerio Público indaga presuntos delitos tributarios vinculados a la emisión de boletas y facturas ideológicamente falsas a la minera no metálica y sus filiales por servicios inexistentes, dinero con el cual, según antecedentes del caso, se habrían financiado campañas políticas.
Según lo informado este lunes por La Tercera, de acuerdo al escrito presentado por el fiscal Gómez, el tipo penal imputado contempla una penalidad no superior a los cinco años de presidio menor en su grado máximo, y se califica como un simple delito que prescribe en igual período su acción penal.
En el documento se explica que para tomar esta decisión la Fiscalía consideró criterios como la fecha del último documento tributario ideológicamente falso emitido por el imputado, el efecto suspensivo de la prescripción de las denuncias y querellas presentadas por el SII, informes de Policía Internacional para verificar los días en que los investigados estuvieron fuera del país, y el análisis de sus antecedentes penales.