Movilh alertó sobre proyecto UDI que busca reformar la Ley Zamudio

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Autor: Cooperativa.cl

La propuesta es "extremadamente sospechosa", dijo el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual.

Es impulsada por "parlamentarios que fueron férreos opositores" a la norma, recordó.

Movilh alertó sobre proyecto UDI que busca reformar la Ley Zamudio
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El proyecto se discutirá el miércoles en la Comisión de Derechos Humanos del Senado, presidida por Jacqueline Van Rysselberghe, quien es una de las autoras de la iniciativa.

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El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) alertó este lunes sobre la existencia de un proyecto de la UDI que busca modificar la Ley Antidiscriminación, también conocida como "Ley Zamudio", que fue promulgada por el Gobierno de Sebastián Piñera hace casi tres años, en julio de 2012.

"La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Jacqueline Van Rysselberghe, nos ha citado para este miércoles 10 de junio a las 12 horas en el Congreso de Nacional de Valparaíso a objeto abordar un proyecto de reforma a la Ley Zamudio presentado por la UDI", explicó el Movilh mediante un comunicado.

Según detalla la nota, la iniciativa fue presentada el 6 de mayo por los senadores gremialistas Juan Antonio Coloma, Jaime Orpis, Víctor Pérez y la propia Jacqueline Van Rysselberghe, además del RN Manuel José Ossandón.

"Es de público conocimiento que el Gobierno tiene entre sus planes reformar la Ley Zamudio y que, como Movilh, veníamos avanzando en indicaciones sobre la materia (...) La Ley Zamudio ha sido insuficiente para superar la discriminación y requiere de una reforma, de eso no hay duda. Sin embargo estamos evaluando en detalle con nuestro equipo jurídico esta propuesta de la UDI, que consideramos extremadamente sospechosa", manifestó el Movimiento.

Según detalló, la propuesta le genera "extrañeza" y malestar por varios motivos: "Fue elaborada entre cuatro paredes, sin consulta a organizaciones sociales interesadas en la materia, y nos piden una opinión sobre el proyecto en un plazo de 48 horas; algo que jamás había ocurrido en la Comisión de DD.HH. del Senado".

"Igual de sospechoso es que el proyecto de la UDI ha sido redactado por parlamentarios que fueron férreos opositores de la Ley Zamudio y que lucharon, hasta el final, por volver a la ley una norma más deficiente de lo que resultó ser", remarcó.

En este contexto, el Movilh acudirá a la sesión del miércoles "con mucha, mucha cautela, y con un estudio exhaustivo de lo que proponen", finaliza la nota.

Las críticas al proyecto

El aludido proyecto de ley -que "modifica definiciones y el procedimiento de la ley que establece medidas contra la discriminación"- se presentó como moción de los senadores Van Rysselberghe, Coloma, Orpis, Ossandón y Pérez Varela el pasado 6 de mayo y figura en tabla para ser discutido en la Comisión de Derechos Humanos de 12:00 a 13:30 horas el día miércoles.

El texto del proyecto (ver archivo adjunto) argumenta la existencia de "múltiples deficiencias" de la Ley Zamudio, "que es necesario corregir para darle una aplicación real y efectiva" y avanzar así hacia "una verdadera ley general antidiscriminatoria".

Entre otros aspectos, imputa a la norma actual un foco "derechamente sancionatorio y no preventivo, cuando es sabido que son los cambios culturales a través de la prevención y formación de los ciudadanos los que terminan eliminando estos atentados a la dignidad de las personas".

También indica que, respecto del Estado, la obligación de "evitar la discriminación arbitraria" aparece "en extremo genérica", pues "no precisa cómo se construirá esa política, quién participará en su elaboración, quién la revisará, etc. Además, carece de plazos de creación, implementación y revisión. Asimismo, el deber que se impone es el de asegurar el goce de los derechos, no el de eliminar las prácticas discriminatorias". 

"Quizás lo más relevante de todo esto es que las obligaciones impuestas a la Administración carecen de un ente responsable que permita definir tareas y dar cuentas de ellas a la sociedad", argumentan los autores.

Qué proponen

En forma concreta, el proyecto de los senadores de derecha en pos de "perfeccionar" la normativa, sugiere hacer las siguientes modificaciones:

1) Al inciso primero del artículo 1°, para sustituirlo por el siguiente: "Artículo 1°- Propósito de la ley. Esta ley tiene por objetivo fundamental prevenir, eliminar y sancionar todas las formas de discriminación arbitraria que se ejerzan contra cualquier persona".

2) Al inciso segundo del artículo 1°, para reemplazar la frase "a garantizar a toda persona, sin discriminación arbitraria, el goce y ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos por la Constitución Política de la República, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes" por la siguiente: "prevenir todo tipo de discriminación arbitraria y garantizar además a toda persona, el goce y ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos por la Constitución Política de la República, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes".

3) Para incorporar un inciso tercero nuevo al artículo 1° en los siguientes términos: "Asimismo, los Órganos de la Administración del Estado podrán establecer medidas especiales destinadas a promover y fortalecer el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos de las personas discriminadas arbitrariamente".

4) Para eliminar en el inciso primero del artículo 2°, la frase "exclusión o restricción".

5) Para sustituir en el inciso primero del artículo 2°, luego de la palabra "particulares," la conjunción "y" por "o".

6) Para suprimir el inciso tercero del artículo 3°.

7) Para agregar un nuevo inciso 3° en los siguientes términos: "La discriminación arbitraria puede ser directa o indirecta. Por discriminación arbitraria indirecta se entiende la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros pone a una persona en desventaja particular con respecto a otra u otras personas, salvo que dicha disposición, criterio o practica puedan justificarse objetivamente en atención a una finalidad legítima y que los medios para alcanzar dicha finalidad sean necesarios y adecuados".

8) Para incorporar al inciso segundo del artículo 5°, luego del punto aparte que pasa a ser punto seguido, la siguiente "En ella también podrá solicitarse una indemnización si correspondiere".

9) Para incorporar en el inciso primero del artículo 12°, enseguida del punto aparte que pasa a ser punto seguido, la siguiente oración: "Deberá pronunciar también sobre la indemnización correspondiente en caso de haberse solicitado oportunamente y siempre que proceda en derecho".

10) Para eliminar el inciso tercero del artículo 12°.

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