Ponen fin a exclusividad de servicios de telecomunicaciones en edificios y condominios

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Autor: Cooperativa.cl

Entró en vigencia el reglamento que pone fin a restricción o actividad monopólica por parte de las empresas proveedoras.

"Esta modificación generará mayor competencia y dinamismos", destacó la ministra Gloria Hutt.

Ponen fin a exclusividad de servicios de telecomunicaciones en edificios y condominios
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El ministrio de Transporte y Telecomunicaciones anunció la entrada en vigencia del reglamento de la "Ley de ductos", la que permite que los residentes de edificios, condominios y loteos tengan la opción de elegir y cambiar de proveedor de servicios de internet, telefonía, y TV de pago; poniendo fin cualquier restricción o actividad monopólica por parte de las empresas proveedoras.

La ministra de Transportes y Telecomunicaciones, Gloria Hutt, destacó que "la entrada en vigencia de la ley de ductos les permite también a los usuarios la posibilidad de optar por el proveedor de servicios que más se acomode a sus necesidades en sus hogares. Esta modificación que elimina toda barrera artificial o monopólica, generará mayor competencia y dinamismos, en beneficios de todas las personas".

La secretaria de Estado recalcó que "ya no hay acuerdos entre compañías de telecomunicaciones y las empresas constructoras, que limitaban el acceso a otros operadores de telefonía una vez que había un acuerdo previo de uno de ellos".

Antiguamente, cuando se construía un proyecto inmobiliario de viviendas, se realizaban acuerdos previos entre las constructoras y una compañía proveedora de servicios para realizar la instalación de ductos. De esta forma, el proveedor de servicios tenía la "exclusividad" de su uso, lo que significaba la imposición de barreras de entrada a otras empresas del sector que quisieran ingresar con sus productos a la edificación, una vez que esta finalizara.

Lo anterior, repercutía de forma negativa en los habitantes de los edificios, los que estaban obligados a contratar el único servicio disponible, sin la posibilidad de poder cambiar de proveedor.

Con la entrada en vigencia del reglamento de la "Ley de ductos", o "Ley de elección", se prohíbe expresamente las negociaciones entre las constructoras y una determinada compañía proveedora de servicios para obtener exclusividad. Además, establece que se deben dar todas las facilidades para que las compañías tengan los accesos necesarios para poder instalar sus servicios.

El reglamento establece que las nuevas edificaciones deberán considerar una red interna de comunicaciones, construyendo una arquitectura que permita soportar las distintas tecnologías y capacidades, sin quedar restringido a un operador.

¿Cómo funciona en las nuevas edificaciones?

Las nuevas obras deberán seguir un protocolo que incorpora nuevos elementos para el proceso de tramitación de los permisos de edificación. Los proyectos deberán ser registrados a través del portal de la Subtel, previamente a la solicitud de un permiso de edificación ante la Dirección de Obras Municipales. Es en esta etapa donde aparecerán las menciones básicas para que cualquier empresa de telecomunicaciones, sepa de su existencia y proyecte su despliegue de redes dependiendo del tipo de obra.

Si se producen modificaciones, estas deben quedar en el registro antes mencionado. La idea, es que los proyectos inmobiliarios nuevos tengan visibilidad para los operadores de telecomunicaciones.

La subgerente de comunicaciones de VTR, Verónica Díaz, expresó que creen que "para una mejor competencia de todos los actores es necesario que los clientes puedan elegir el mejor postor en este sentido, qué empresa le presta el mejor servicio".

"Por lo tanto, estamos muy contentos que esta ley exista y creemos que vamos a llevar más competencia a los hogares de Chile", indicó.

Mientras que el gerente de regulación de Entel, Pedro Suárez, expresó que "este reglamento demoró tres años en salir. Hoy le garantiza a los usuarios que viven en un condominio, en una comunidad, en un barrio privado, poder acceder al proveedor de servicio que ellos quieran y no efectivamente al único que ya estaba instalado".

Edificación existente

Si bien la aplicación del reglamento de libre elección, rige para las construcciones nuevas, en el caso de las ya existentes la situación cambia. En este caso, se instauró un protocolo de buenas prácticas para entregar la posibilidad a comunidades de edificios de poder optar a otros proveedores. La ley establece que las cámaras y demás instalaciones de acceso directo son compartidas, por lo que no hay la opción de negar la llegada a otra compañía, salvo la existencia de riesgo para los servicios ya existentes.

Si bien se dan las facilidades para la entrada de nuevos proveedores, no garantiza la llegada de estos. Una de las principales trabas que acusaban las compañías era la "factibilidad" técnica, la cual ahora debe ser justificada. Con la implementación del reglamento, se puede recurrir a mediadores que definirán si existe dicho impedimento.

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