Suprema: Es responsabilidad de los familiares aparición de DD.DD. en registros electorales
Vocero Jaime Rodríguez sostuvo que la familia debe solicitar en tribunales la declaración de "muerte presunta".
En causas pendientes, si "cambia la calificación jurídica, la pena es más grave" para los involucrados, dijo.
El vocero de la Corte Suprema, el ministro Jaime Rodríguez Espoz, aclaró que la responsabilidad de que detenidos desaparecidos aparecieran en los registros electorales es de sus familiares.
El magistrado explicó que los familiares deben acudir al tribunal correspondiente para pedirle al juez que declare la muerte presunta de la víctima y así inscribir su defunción en el Registro Civil y luego seguir el trámite en el Servel.
"La manera es a través de la declaración de muerte presunta. El problema es que los tribunales no pueden declarar de oficio, por ellos mismos, la muerte de las personas, sino que tiene que ser a través de los interesados", señaló.
Así el máximo tribunal se refirió a la polémica que se suscitó por la aparición de las víctimas de desaparición forzada en los registros del Servel.
En cuanto a eventuales cambios que se puedan generar en los procesos judiciales donde hay militares involucrados con estas desapariciones, Rodríguez Espoz sostuvo que "en las causas que están falladas no tiene mayor incidencia, porque las causas están terminadas y opera la excepción de cosa juzgada".
"En las causas pendientes ahí podría cambiarse a secuestro con homicidio o secuestro seguido de muerte", por lo que en esas situaciones podrían aumentar las penas para los condenados, ya que si "cambia la calificación jurídica, la pena es más grave", sostuvo el magistrado.