Justicia rechazó beneficios carcelarios contra condenados en caso degollados

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

Corte Suprema confirmó fallo del tribunal de alzada que negó recurso de protección de Miguel Estay Reyno y Claudio Fuentes Salazar.

"Creo que es positivo que estos criminales no estén sueltos en las calles con beneficios", dijo el abogado Fernando Leal.

 Archivo UNO

Los tres profesionales comunistas fueron asesinados en marzo de 1985.

En un fallo dividido, la Corte Suprema ratificó un dictamen de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de protección presentado por las defensas de dos de los condenados por el denominado caso Degollados que cumplen condena en Punta Peuco.

La acción judicial presentada por Miguel Estay Reyno, alías "El Fanta", y Claudio Fuentes Salazar iba dirigida en contra de una resolución de Gendarmería que les negó beneficios penitenciarios para acceder a la libertad, pero el máximo tribunal estableció que no hubo ninguna infracción legal por parte de la institución carcelaria.

El abogado Fernando Leal, quien representa a parte de las víctimas, destacó este fallo.

"Este recurso que fue interpuesto a favor de Fuentes y "El Fanta", fueron recursos que fueron interpuestos en contra del tribunal de conducta de Punta Peuco por haberlos propuesto en lista 2 y lista 1 y lo que ha dicho la Corte Suprema en un fallo dividido que en el fondo Gendarmería actuó en uso y ejercicio de sus facultades", aseveró el jurista.

"Creo que es positivo que estos criminales no estén sueltos en las calles con beneficios", añadió el defensor.

También en el marco del caso Degollados la Corte Suprema ya le había otorgado la libertad al ex carabinero Alejandro Sáez Mardones, condenado también por el crimen de Santiago Nattino, José Manuel Parada y Manuel Guerrero en marzo de 1985.