Servel autorizó realizar "consultas ciudadanas" para definir candidatos presidenciales
Cada partido "podrá organizar y celebrar eventos partidarios con carácter consultivo o resolutivo", dice una declaración.
El proceso deberá realizarse sin propaganda y evitando usar el término "elecciones primarias".
La declaración dice que también "se podrán utilizar las redes sociales".
A través de una declaración pública, el Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel) autorizó a todos los partidos a definir a sus candidatos presidenciales mediante una "consulta ciudadana".
Cada partido "podrá organizar y celebrar eventos partidarios con carácter consultivo o resolutivo, como también de carácter programático o ideológico, de acuerdo a sus estatutos".
El Servel apuntó que "los partidos políticos se encuentran facultados para efectuar consultas ciudadanas, en concordancia con el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Servel de fecha 5 de julio de 2016, que señaló que los partidos pueden efectuar consultas sobre temas de interés, en cumplimiento de sus funciones".
"Las consultas pueden desarrollarse, en el entendido que es en cumplimiento de sus funciones, con dineros fiscales asignados al partido, sin propaganda y sin que la ley establezca una limitación respecto a las personas que puedan participar", dice la declaración.
El Servel también afirma que "estas consultas pueden ser efectuadas en conjunto con otros partidos" y que "se podrán utilizar las redes sociales en tanto constituyen mecanismos de comunicación privada".
Acuerdo posterior con el OIC
La declaración añade que "a fin de que esta consulta ciudadana tenga el carácter vinculante para el partido, requerirá, en todo caso, de un acuerdo posterior del OIC (Órgano Intermedio Colegiado)", añade la declaración.
"El OIC podrá dar previamente el carácter vinculante a consultas que constituyan eventos partidarios en los que sólo participen afiliados o adherentes al partido debidamente registrados", dice el documento firmado por el Consejo Directivo del Servel.
"El Servicio Electoral no entregará padrones especiales de electores para consultas ciudadanas, pudiendo el partido contar únicamente con la información pública disponible al efecto. En caso de consultas que constituyan eventos partidarios, deberán utilizarse los padrones de afiliados y adherentes que proporcione el Servel", precisa la declaración.
El documento concluye que "estos eventos se deberán denominar 'consultas' como señala la ley, no debiendo ser llamados como 'elecciones primarias'".