Caso Asipes: Corte Suprema confirmó sobreseimiento del senador Patricio Walker
Los magistrados rechazaron el recurso de queja presentado por la Fiscalía.
"No se acreditó alguna falta o abuso grave en la actuación de los jueces", destacó el tribunal.
La Fiscalía investigaba al senador Patricio Walker por los aportes que solicitó a la Fipes para el diputado Iván Fuentes.
La Corte Suprema dictó este martes el sobreseimiento definitivo del senador DC Patricio Walker en el marco de la investigación por el caso Fipes, en la que se indaga presunto cohecho y delitos tributarios por aportes de pesqueras a políticos.
En fallo dividido, la segunda sala del máximo tribunal del país "descartó que la resolución recurrida se haya dictado con falta o abuso grave" y rechazó el recurso de queja presentado por la Fiscalía, que estimaba aún quedaban diligencias pendientes.
Al respecto, los magistrados sostuvieron que "en un primer orden, estima que constituye falta o abuso el haber decretado el sobreseimiento definitivo cuando existen diligencias pendientes pertinentes para el esclarecimiento de los hechos -esclarecimiento, antes del cual, agrega, resulta improcedente la resolución impugnada-, mencionando más adelante como tales, las pericias a los discos duros incautados -y a los correos electrónicos que contienen-, las declaraciones del diputado Fuentes y de José Luis del Río, así como las pericias a los discos duros y correos de Valeria Carvajal Oyarzo; respecto de lo cual, debe estarse a lo ya razonado".
El Ministerio Público esperaba revertir así el fallo de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, que estableció que los hechos investigados no eran constitutivos de delito, esto en el marco de la indagatoria por los aportes económicos que gestionó el senador Walker con la Federación de Industrias Pesqueras del Sur Austral (Fipes), para la campaña del diputado Iván Fuentes.
"En síntesis, no se acreditó por los quejosos alguna falta o abuso grave en la actuación de los jueces recurridos, sino sólo discrepancias con lo resuelto, habida consideración, además, que los hechos propuestos en las querellas no dicen relación con los que constituyen el tipo de cohecho, porque en ellas no se sostiene la existencia de la acción o contraprestación ilícita que requiere; por lo que, al no haber mérito para ello, los arbitrios deberán ser desestimados", señala el fallo.
La resolución se adoptó con los votos en contra de los magistrados Milton Juica y Jorge Dahm y a favor de Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas.