Suprema rechazó recurso de mujer que fue absuelta tras pasar dos años en prisión preventiva
El máximo tribunal sostuvo que entre el momento de dictar la prisión preventiva y la decisión de la condena "son momentos procesales diferentes".
En ellos, dice el fallo, "requieren de grados de convicción distintos".
La Corte Suprema rechazó una acción de declaración previa de error judicial presentada por una mujer que, por casi dos años, estuvo en prisión preventiva mientras era investigada por un caso de narcotráfico y que, al terminar, finalmente fue absuelta.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal descartó que la prisión preventiva a la que fue sometida la mujer -entre agosto de 2015 y junio de 2017- fuera injustificadamente errónea.
En el documento, el tribunal advirtió que "la jurisprudencia de esta Corte ha precisado en numerosos pronunciamientos el sentido y alcance de los términos 'injustificadamente errónea' y 'arbitraria', calificativos que sólo pueden aplicarse a una resolución judicial que contradice a la razón, que es inexcusable, que ha sido decretada de manera irregular, que carece de una explicación lógica, de motivación y racionalidad".
"Es decir -añade- no puede erigirse como motivo suficiente y constitutivo de una actuación procesal injustificadamente errónea o arbitraria la discrepancia con los juicios de valor allí emitidos".
El fallo agrega "el mero hecho de un fallo absolutorio no transforma automáticamente a la resolución que dispuso la prisión preventiva y a las que la mantuvieron en 'injustificadamente erróneas' o 'arbitrarias', por cuanto, como se advierte, son momentos procesales diferentes que requieren de grados de convicción distintos, con procesos valorativos e interpretativos diversos y, por consiguiente, dichas fases, aun con conclusiones contrapuestas, pueden ser perfectamente válidas y jurídicamente correctas".
La Corte Suprema recordó además que, al momento de decretar la prisión preventiva, "los antecedentes probatorios invocados fueron múltiples y variados, los que la misma recurrente detalla en su presentación y constan de las resoluciones cuestionadas, consistentes en testimonios prestados ante el Tribunal, diversos documentos, pericias e informes, que por cierto permitían razonablemente proceder a la dictación de la resolución que ahora se reprocha, más si se tiene en cuenta que ellos permitían atribuirle participación en cuatro delitos".
Así, concluye el fallo, "no puede sostenerse la existencia de un error injustificado o arbitrario al concluirse del modo que se hizo al dictarse y mantenerse la prisión en contra de la peticionaria".