El Servicio de Impuestos Internos (SII) respondió a las críticas surgidas luego que anunciara el cierre de las investigaciones en torno a los casos Penta y SQM por el financiamiento irregular de la política sin nuevas querellas.
El director del SII, Fernando Barraza, explicó que la no presentación de una querella específica por delitos tributarios no implica impunidad, puesto que para los casos en que se decide no ejercer la acción penal, la ley contempla la aplicación de una sanción de carácter pecuniario ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros, con las instancias respectivas ante los tribunales superiores de justicia.
Además, los involucrados pueden ser investigados por el Ministerio Público por otros eventuales delitos.
"El sistema sancionatorio consagrado en el Código Tributario establece para los delitos tributarios dos procedimientos –penal o infraccional- que persiguen igualmente aplicar sanciones legales. Incluso en los casos en que no existen antecedentes con méritos suficientes se aplica el procedimiento administrativo y, cuando corresponde, los contribuyentes deben igualmente rectificar sus declaraciones tributarias y pagar con reajustes, multas e intereses los impuestos evadidos", sostuvo el directivo.
Además, en diálogo con Cooperativa, Barraza calificó como "errados" los juicios del mundo político que criticaron el cierre de las investigaciones acusando que el organismo no está cumpliendo con su deber.
"Ese es un juicio absolutamente errado (...) No estamos haciendo más que cumplir con la ley y somos muy rigurosos, muy estrictos y muy responsables a la hora de tomar las decisiones y cumplir con la ley", aseveró.
"Si alguien dice que no estamos cumpliendo con la ley, eso lo único que denota es una falta de conocimiento de la misma. Para tomar la decisión (de una querella) el SII utiliza criterios absolutamente técnicos y que están basados por ejemplo en el monto evadido, en la reiteración de la falta, en si existe o no existe asesoría tributaria, en que el caso tenga un efecto ejemplarizador o pedagógico entre otros criterios", resaltó.
"El Servicio de Impuestos Internos es un ente autónomo, trabaja con criterios estrictamente técnicos y profesionales. No obedece a ninguna instrucción, no participa de ningún acuerdo político como en algunos casos se ha insinuado, el SII toma sus decisiones de forma absolutamente independiente basado exclusivamente en criterios técnicos", recalcó Barraza.
Finalmente, el director sentenció que "durante mi gestión ningún organismo público ni privado ha intervenido ni ha pretendido intervenir en las decisiones que nosotros hemos adoptado".
Más de 16 mil millones de pesos de perjuicio fiscal
Además, luego de más de dos años de profunda revisión y análisis técnico de los antecedentes disponibles sobre la materia, el SII entregó un balance parcial de las querellas y denuncias presentadas, y las sanciones pecuniarias que ha solicitado aplicar a los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA) hasta la fecha, en las causas por eventuales ilícitos tributarios derivados de la investigación penal del financiamiento irregular de la política.
De acuerdo con el balance efectuado por el SII, entre los años 2014 y 2017 el organismo ha presentado un total de 35 querellas por delitos tributarios; 5 denuncias; 41 procedimientos de sanciones pecuniarias en los Tribunales Tributarios y Aduaneros en contra de contribuyentes empresas y personas naturales, y en 21 casos en los que a la fecha no existen antecedentes con méritos suficientes, se determinaron y cobraron las diferencias de impuestos, con sus respectivos reajustes e intereses.
Para lo anterior, en el mismo lapso el SII ha evacuado un total de 109 Informes de Recopilación de Antecedentes -que corresponden al levantamiento de las pruebas necesarias para decidir si se presenta una acción penal, infraccional o administrativa- en cuya elaboración han trabajado directamente 19 funcionarios fiscalizadores y 8 abogados, durante casi mil días.
El monto de perjuicio fiscal determinado en estos informes alcanza a la fecha a 11.656 millones, de pesos, de los cuales 4.139 millones corresponden a los casos en que se ha decidido aplicar sanciones pecuniarias.
Según el SII, la mayoría de las acciones penales corresponden a los delitos de presentación de declaraciones de Impuesto a la Renta maliciosamente falsas y al de facilitación de documentación tributaria falsa por servicios no prestados, donde hasta el momento se han obtenido 20 condenas, 4 por querellas y 16 vía sanciones pecuniarias.
Además, el organismo advirtió que de surgir nuevos antecedentes respecto de algún caso en particular, volverá a efectuar los análisis técnicos respectivos para definir la eventual presentación de acciones penales adicionales, manteniendo la colaboración institucional que corresponde en su relación con el Ministerio Público.