Justicia argentina declaró imprescriptible el caso Prats

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Autor: Cooperativa.cl

La decisión implica que la muerte del ex comandante en jefe del Ejército chileno y su esposa en Buenos Aires deberá ser investigado hasta que se esclarezca completamente.

La Corte Suprema de Justicia declaró imprescriprible, como crímen de lesa humanidad, la causa por el asesinato del ex comandante en jefe y general del Ejército de Chile Carlos Prats y de su esposa, Sofía Cuthbert, a manos de la desaparecida Dirección Nacional de Inteligencia (DINA).

 

De esta forma, el máximo tribunal argentino confirmó la resolución que había dejado en acuerdo el jueves pasado, rechazando la apelación presentada por el único condenado en el caso en Argentina, el ex agente Enrique Arancibia Clavel, condenado a cadena perpetua.

 

En el acuerdo celebrado el jueves último, el alto tribunal no falló en ese sentido pese a tener reunidos los votos necesarios, debido a que el voto de la minoría, redactado por el juez Augusto Belluscio con la adhesión de Carlos Fayt y Adolfo Vázquez, aún no estaba terminado.

 

Estos ministros sostienen que los acuerdos internacionales que declaran imprescriptibles los crímenes de lesa humanidad se incorporaron a la Constitución Nacional en 1994, 20 años después de cometido el atentado contra Prats, con lo cual se estaría aplicando la ley en forma retroactiva.

 

En cambio, el voto de la mayoría firmado este martes sostiene que el 'Derecho de Gentes' garantiza ciertos derechos básicos más allá de la situación política y está consagrado en la Constitución.

 

Adhirieron a esta postura los supremos argentinos Eugenio Zaffaroni, Juan Carlos Maqueda, Enrique Petracchi, Elena Highton de Nolasco y Antonio Boggiano.

 

El general Prats y su esposa arribaron a Argentina luego del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973 y fallecieron el 30 de septiembre de 1974 luego de que expltara una bomba en el vehículo en el que se encontraban, en el barrio de Palermo.

 

En 2000, un Tribunal Oral con asiento en Bueno Aires condenó a reclusión perpetua, como partícipe del atentado, al ex agente chileno Arancibia, quien apeló la medida y planteó ante la Cámara Nacional de Casación Penal la prescripción de los cargos en su contra.

 

La Cámara falló en favor de Arancibia y consideró extinguida la acción penal contra el ex agente por el paso del tiempo, resolución que fue apelada por las hijas del matrimonio Prats, que recurrieron a la Corte Suprema, que confirmó este martes su fallo definitivo.