El fútbol de la ANFP y la Dimayor son los destinatarios de la Ley SAD

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Autor: Cooperativa.cl

La Ley 20.019 está dirigida exclusivamente al deporte profesional, esto es, a los torneos de Primera y Primera B y al certamen de baloncesto. Las demás actividades pueden mantener su calidad "sin fines de lucro".

La Ley de Sociedades Anónimas Deportivas fue creada y dirigida para buscar una administración más eficiente en los clubes que se desempeñan en una competencia profesional, vale decir, que mueven grandes cantidades de dinero a través de su actividad.

 

La Ley 20.019 "regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales", y esto está dado por la cancelación de sueldos y un contrato de trabajo por parte del club hacia sus jugadores.

 

De esta forma, en el deporte chileno las actividades que se verán regidas por esta normativa son los torneos de la Primera y Primera B que organiza la ANFP, y la máxima competencia nacional de baloncesto, la Dimayor.

 

Los demás deportes, que no son profesionales, seguirán siendo regidos por la Ley 19.712, donde tienen que formar parte del Registro de Organizaciones Deportivas y pueden postular a recibir fondos por parte de Chiledeportes.

 

¿Qué pasa, por ejemplo, con competencias como la de Tercera División?. La respuesta la da el encargado de efectuar el Registro de Organizaciones Deportivas Profesionales en Chiledeportes, Eduardo Garrido.

 

"La Tercera División es amateur. La Ley 19.712 es exclusiva para los clubes y organizaciones deportivas no profesionales. Por lo tanto, la Tercera División es no profesional y pudiera, por ejemplo, el club deportivo Hossana, pedir recursos a Chiledeportes", explicó el especialista.

 

"Desde la Segunda División, y aquellos clubes deportivos que estén en ligas profesionales como la Dimayor (baloncesto), tienen que necesariamente estar inscritos al 7 de noviembre en la Ley 20.019", agregó.

 

Entonces, actividades como la Liga Nacional de Voleibol o la competencia de hockey patín no están obligados a transformarse en una Sociedad Anónima Deportiva o en una corporación o fundación.

 

Es más, si un club tiene una rama de fútbol profesional y otra de un deporte que no sea el baloncesto de la Dimayor, sólo la actividad del balompié necesitará la adaptación a la nueva normativa. (Cooperativa.cl)