Corte ordenó a La Polar no enviar antecedentes de clientes al boletín comercial
Tribunal de alzada capitalino falló a favor de una particular que tenía su deuda al día.
Se dictaminó "arbitrariedad" en la conducta de la empresa.
La Corte de Apelaciones de Santiago determinó que el conglomerado de empresas La Polar deberá abstenerse de enviar los antecedentes comerciales y contractuales de clientes de la empresa sin realizar la consulta previa de los mismos.
En fallo unánime, los ministros de la Cuarta Sala del tribunal de alzada Jorge Dahm, Jessica González y el abogado integrante Antonio Barra, acogieron la acción cautelar presentada por una persona cuyos datos fueron enviados al Boletín de la Cámara de Comercio, pese a que había cancelado su deuda.
Si bien entre la interposición del recurso y el fallo los representantes de La Polar solucionaron la situación y pidieron borrar al cliente de los registros comerciales, el tribunal de alzada determinó que hubo arbitrariedad en la conducta de la empresa.
Según el dictamen de la justicia, "la conducta del Consorcio de Empresas La Polar afectó el derecho de propiedad del recurrente contemplado en el artículo 19 número 24 de la Constitución Política de la República, toda vez que se comunicó y mantuvo la morosidad de un crédito ya pagado, lo que implica que, durante un tiempo, dichas empresas cobraron dos veces la misma cantidad, lo que es absolutamente improcedente".
"Además al mantenerlo como moroso en el registro público de deudores, el recurrente vio limitada seriamente la posibilidad de adquirir un bien raíz por intermedio de un crédito hipotecario, puesto que para obtener uno de ellos, entre otros requisitos, se le exige a los solicitantes antecedentes de este tipo intachables", agrega el fallo.
Resolución agrega que "la ilegalidad de la conducta reprochada efectivamente afectó una garantía constitucional del recurrente", razón por la cual de ahora en más se ordena "que la parte recurrida deberá en el futuro abstenerse de ejecutar actos como el denunciado, sin que previamente haya revisado los antecedentes comerciales y contractuales de sus clientes".
El origen del dictamen
El fallo de este lunes nació a la raíz de la situación que afectó a Mauricio Carreño Cerda, quien figuró con una deuda de 140 mil pesos en sus antecedentes comerciales, lo que le impidió adquirir un crédito hipotecario, pese ya que pese a tener cancelado el monto figuraba como deudor de La Polar, ya que sin saberlo había sido víctima de una repactación unilateral.
En vista del dictamen de la Corte de Apelaciones, La Polar no podrá enviar antecedentes de clientes hasta no regularizar la situación derivada de hechos como repactaciones unilaterales, caso que además tiene en prisión preventiva a ex tres altos ejecutivos de la firma.