Contraloría determinó que monitoreo de redes sociales sí es una facultad del Gobierno
Segegob lleva a cabo las relaciones con las organizacione sociales "en su más amplia acepción", dijo el ente.
La resolución del ente fiscalizador señala el contrato no viola la privacidad de la ciudadanía.
Un informe emitido por Contraloría y firmado por su titular, Ramiro Mendoza, determinó que el polémico contrato realizado por el Gobierno con la empresa Brandmetric para monitorear las redes sociales se ajusta a la legalidad e incluso el recabar este tipo de información es parte de las facultades de la Secretaría de Comunicación y Cultura.
El documento firmado por Mendoza explicita que " el artículo 1° de la ley N° 19.032, que reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno, señala que dicha cartera está encargada de actuar como órgano de comunicación del Gobierno, pudiendo para estos efectos llevar a cabo las relaciones de éste con las organizaciones sociales, en su más amplia acepción; de ejercer la tuición del sistema de comunicaciones gubernamentales, y de servir de Secretaría del Consejo de Gabinete".
"Los servicios comprendidos en el contrato materia de la consulta tienen por objeto implementar y operar un sistema de base de datos que permita, mediante el tratamiento de las opiniones expresadas a través de las redes sociales, visualizar cuales son las tendencias de la ciudadanía en relación a temas que se estimen relevantes para el Gobierno del país, lo cual se enmarca dentro del ámbito del cumplimiento de las funciones antes enunciadas", se agrega en el informe.
Mendoza destacó que el servicio de monitoreo "no procesa ni entrega información que tienda a identificar determinadas personas o direcciones de internet" y que sólo "entrega datos inherentes a las tendencias que existen respecto de asuntos de interés".
"En estas condiciones no se advierte de que manera podría infringirse en la especie la señalada ley sobre protección de la vida privada, pues el tratamiento de datos se efectúa dentro del ámbito de competencia del órgano respectivo, sobre la base de opiniones emitidas públicamente, y que luego de su procesamiento no son asociables con las personas específicas cuyas opiniones se consideraron", explicó el titular del ente fiscalizador.