Corte revocó condena de presidio contra uniformado que asesinó a Jaime Mendoza Collío
El cabo Miguel Patricio Jara Muñoz cumplía una condena de 5 años y un día desde fines de 2011.
El tribunal determinó que el actuar de Jara fue en legítima defensa.
La Corte Marcial decidió revocar la condena de presidio dictada contra Miguel Patricio Jara Muñoz, cabo primero de carabineros acusado de ser el autor del disparo que el 2009 dio muerte al comunero mapuche Jaime Mendoza Collío durante un desalojo.
Collío fue asesinado el 2009 durante un desalojo en Ercilla. (Foto: UPI) |
El tribunal resolvió que el disparo de Jara fue realizado en legítima defensa y con dicho argumento el uniformado fue liberado de la condena de 5 años y un día que cumplía desde el 11 de noviembre de 2011.
"¿Qué otra defensa cabía a un carabinero que, solo como estaba, se ve atacado por un grupo indeterminado de personas que le lanzan piedras y le disparan con escopeta en dos oportunidades?", cuestionaron los jueces Juan Cristobal Mera, Joaquín Billbard, Felipe Cunich, Juan Hargous y Juan Carlos Gutiérrez.
El 12 de agosto de 2009, a las 14 horas, funcionarios de Fuerzas Especiales y del Gope de carabineros desalojaron la toma del fundo San Sebastián de Ercilla cuando ocurrieron estos hechos. Fue en medio del procedimiento cuando el cabo Jara utilizó su arma, disparando 4 veces al aire mientras perseguía a un grupo de personas.
El quinto disparo que realizó impactó por la espalda a Jaime Mendoza Collío y salió por el pecho, causándole la muerte.
Con el fallo, la Corte Marcial desestimó las versiones de otros comuneros mapuche que sostenían que no se encontraban armados al momento de la persecución policial. Según el fallo, Jara estaba en medio de una emboscada cuando decidió defenderse.