Claves del Día: Revise las funciones de los alcaldes y concejales

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Autor: Cooperativa.cl

En todo Chile se escogen 345 alcaldes cupos para los que hay 800 candidatos.

En tanto, para concejales hay 10.107 personas optando por un cupo.

 Archivo UPI

Este domingo 800 candidatos a alcalde y 10.107 a concejal esperan ganar el voto de los ciudadanos mayores de 18 años que por primera vez tendrán la libertad de escoger si acuden a las urnas tras la aprobación de la inscripción automática y voto voluntario.

Por ello es importante conocer qué es lo que está en juego en estas elecciones y cuál es el rol de quienes conformarán durante los próximos cuatro años el concejo edilicio de cada municipio.

El alcalde

El alcalde puede ser reelegido y tiene funciones que requieren el acuerdo del concejo, pero otras que no, las que fueron detalladas para Servel en la "Guía del votante".

Estas son las funciones que no requieren el voto de los concejales:

  • Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad.
  • Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad.
  • Velar por la probidad administrativa dentro del municipio.
  • Administrar los recursos financieros de la municipalidad.
  • Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan.
  • Las funciones que sí requieren el acuerdo del concejo:
  • El plan comunal de desarrollo.
  • El presupuesto municipal.
  • El plan regulador.
  • Las políticas de la unidad de servicios de salud y educación y además incorporarlos a su gestión.
  • Las políticas y normas generales sobre licitaciones, adquisiciones, concesiones y permisos.

El concejal

El número de concejales por municipio depende de la cantidad de electores que hay en cada comuna.

Así, los municipios con seis concejales son aquellas que tienen hasta 70.000 electores. En comunas donde hay entre 70.000 y 150.000 electores hay ocho concejales y en aquellas que superan los 150.000 votantes la cifra sube a 10 concejales.

Las principales funciones de los concejales son:

  • Dictar las ordenanzas municipales y el reglamento que establecen la organización interna del municipio.
  • Aprobar el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal y los de salud y educación, los programas de inversión y el plan regulador comunal.
  • Aprobar las políticas de recursos humanos, prestación de servicios municipales y de concesiones de permisos y licitaciones.


Además son los encargados de fiscalizar:

  • La gestión del alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo.
  • El cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal.
  • La ejecución del presupuesto.