Suprema ratificó autorización de funcionamiento para Fundición Ventanas
El fallo desestima que la autorización haya sido fuera del plazo legal.
Municipalidad de Puchuncaví autorizó funcionamiento de la división.
La Corte Suprema confirmó este martes la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó un recurso de protección presentado en contra decisión de la Municipalidad de Puchuncaví autorizando el funcionamiento de la División Ventanas de Codelco.
En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval, Juan Eduardo Fuentes y los abogados integrantes Arnaldo Gorziglia y Raúl Lecaros, ratificaron en todas sus partes la resolución que declaró improcedente la acción judicial.
Esta decisión es en respuesta a la decisión del 26 de octubre pasado, donde el tribunal de alzada porteño había considerado que la presentación contra la resolución que autorizó el funcionamiento de fundición fue interpuesta fuera del plazo legal.
Además, el fallo señaló que "se ha limitado a determinar para la Empresa Codelco Chile División Ventanas un nuevo plazo para regularizar ante la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Valparaíso, los informes y resoluciones sanitarias requeridos".
Codelco lanzó en junio pasado una inversión por 170 millones de dólares en materia medioambiental, con el fin de mejorar sus operaciones en la división Ventanas y disminuir allí sus emisiones en un 33 por ciento a 2015.