SII dispuso declaración para ceder rebaja de impuestos por gastos en educación

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Autor: Cooperativa.cl

Los padres pueden designar a uno de ellos como el beneficiario del total de la rebaja.

Para este proceso es posible acceder a un descuento de hasta 40.200 pesos por hijo.

 UPI

Los padres podrán acceder a un beneficio de hasta 40.200 pesos por hijo.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que ya se encuentra disponible en su sitio web, la declaración jurada que debe enviar el padre y/o la madre que desee ceder el beneficio de rebaja de impuestos por gastos en educación, al que será posible acceder en el proceso de Declaración de Renta 2013.

El organismo recordó que el beneficio establece que por cada hijo estudiando el padre y/o la madre pueden acceder a una rebaja en sus impuestos de hasta 40.200 pesos por hijo, si se cumplen los requisitos establecidos por la Ley.

Los padres, de común acuerdo, pueden optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del total de la rebaja. Para manifestarlo, el padre o madre que cede el beneficio, debe realizar la declaración jurada accediendo al sitio web del SII antes de presentar su declaración anual de renta en abril.

Si no lo hacen, el monto de 40.200 pesos por hijo se dividirá en partes iguales entre ambos padres.

Para acceder a dicha rebaja de impuestos, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • El padre y/o la madre deben haber tenido un ingreso anual superior a 6.513.372 pesos, lo que los hace contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría o del Impuesto Global Complementario.
  • La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre no debe exceder de la cantidad equivalente a 792 UF (18.089.874 pesos). Si en conjunto exceden dicha cantidad, ninguno de ellos tendrá derecho al beneficio.
  • Los hijos deben ser menores de 25 años al 31 de diciembre de 2012.
  • Los hijos deben estar matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y tener un mínimo de asistencia del 85 por ciento o menor cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor.