Servel aclaró dudas sobre validez de votos emitidos en elecciones
La entidad emitió un comunicado explicando los sufragios válidos, nulos y blancos.
Organismo indicó que habrán instructivos y cartillas con las disposiciones.
Servel aclaró cuando los votos son válidos, nulos o blancos.
El Servicio Electoral (Servel) aclaró este viernes la validez de los votos emitidos en las elecciones luego que el presidente del organismo, Juan Emilio Cheyre, no pudiera aclarar las dudas desatando cuestionamientos del propio Gobierno.
En la ocasión Cheyre fue consultado sobre la campaña "Marca tu voto", que llama a los electores a escribir las letras "AC" en una esquina del voto, además de la preferencia presidencial, para así exigir una Asamblea Constituyente que modifique la Constitución.
A raíz de ello, el organismo emitió un comunicado, donde indica que según el artículo 65 de la Ley N° 18.700, "el votante podrá marcar su preferencia en la cédula, sólo con el lápiz de grafito negro, haciendo una raya vertical que cruce la línea horizontal impresa al lado izquierdo del número del candidato o sobre la opción de su preferencia en caso de plebiscito, lo que corresponde a un voto válidamente emitido".
"Según el artículo 71 de la Ley N° 18.700, serán nulos y no se escrutarán los votos en que aparezca marcada más de una preferencia, contengan o no en forma adicional leyendas, otras marcas o señas gráficas. La Mesa dejará constancia al dorso de ellas del hecho de su anulación y de la circunstancia de haberse reclamado por vocales o apoderados de esta decisión", añade el documento.
Además se explicó que se considerarán como válidamente emitidas, pero marcadas y podrán ser objetadas por vocales y apoderados, "las cédulas en que se ha marcado claramente una preferencia, aunque no necesariamente en la forma correcta señalada en el artículo 65, y las que tengan, además de la preferencia, leyendas, otras marcas o señas gráficas que se hayan producido en forma accidental o voluntaria, como también aquellas emitidas con una preferencia, pero sin los dobleces correctos".
"Estas cédulas deberán escrutarse a favor del candidato que indique la preferencia, pero deberá quedar constancia de sus marcas o accidentes en las actas respectivas con indicación de la preferencia que contienen", agregó el Servel.
Mientras tanto, los votos blancos son lo que "aparecieren sin la señal que indique una preferencia por candidato u opción del elector, contengan o no en forma adicional leyendas, otras marcas o señas gráficas".
El Servel recalcó que "estas disposiciones legales se explicitan y serán difundidas en las cartillas e información que entregará Servel de acuerdo a los plazos y en conformidad a la ley. Adicionalmente, en el proceso de capacitación a los vocales de Mesa será un tema relevante".