Fisco pagará 160 millones por errónea identificación de desaparecido
La Corte Suprema confirmó la responsabilidad del SML en el caso de Luis Dávila García.
Desechó la impugnación que se había realizado a la sentencia de la Corte de Apelaciones.
El Estado tuvo responsabilidad en la "apresurada y errónea identificación de los restos del Patio 29" descubierta en 2006.
En una fallo unánime los ministros de la Tercera Sala de la Corte Suprema Sergio Muñoz, Héctor Carreño, María Eugenia Sandoval y los abogados integrantes Luis Bates y Arturo Prado ratificaron que el Fisco debe pagar una indemnización de 160 millones de pesos los familiares (madre y hermanos) de Luis Herminio Dávila García, detenido desaparecido cuyos restos fueron mal identificados en los análisis que realizó el Servicio Médico Legal en la década de los 90.
El máximo tribunal del país rechazó así un recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había condenado al Estado a indemnizar a los familiares de la víctima de la dictadura.
Luis Dávila García, vendedor ambulante de 18 años de edad, fue detenido en su domicilio de la población Isabel Riquelme el 16 de octubre de 1973 por personal de Carabineros. Su nombre se consignó en el Informe Rettig, en 1991.
Sus restos fueron inicialmente identificados el 28 de octubre de 1994 por el Servicio Médico Legal (SML) con pericias antropométricas, pero en 2006 se detectó que su caso formaba parte de las identificaciones erróneas realizadas ese año.
El 19 de noviembre de 2011 sus restos fueron correctamente identificados con pericias de adn mitocondrial realizadas en el Laboratorio de North Texas.
La resolución judicial dada a conocer este lunes "ratifica la responsabilidad del Estado en los errores cometidos en la identificación practicada en octubre de 1994".
"Los jueces de la instancia estimaron que es un hecho público y notorio la necesidad de la ciudadanía, autoridades y por sobre todo de los familiares de víctimas detenidas desaparecidas de obtener certeza no sólo del paradero sino también de la identificación de sus osamentas (...) En este contexto, la obligación y responsabilidad del Servicio Médico Legal resulta trascendente y relevante por lo que debía emplear la mayor acuciosidad, seriedad y resguardo en el cumplimiento de esta tarea", consigna el fallo.
Los jueces confirmaron que el SML "no fue lo suficientemente acucioso, riguroso ni adoptó los resguardos suficientes en el envío de muestras aptas para la pretendida identificación a la Universidad de Glasgow que permitiera de manera idónea la práctica de la pericia que se había encomendado, aspectos todos que trajeron como consecuencia una apresurada y errónea identificación de los restos del Patio 29".
El fallo ordena indemnizar con 80 millones de pesos a María Lucía García Vásquez, madre de la víctima, y con 20 millones de pesos a cada hermano del desaparecido: Justo Ludovico, Gemita Teresa, Luis Alberto y Belkis Cristina Dávila García.