Servel: Cómo funciona constitución de mesas ante falta de vocales

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Autor: Cooperativa.cl

Cualquiera de los votantes que se encuentren en el recinto puede ser obligado por el delegado de la Junta Electoral.

Quienes se nieguen a cumplir tal función se arriesgan a multas que van de 79 mil a 319 mil pesos.

 UPI

Todas las mesas deben estar constituidas a las 10:00 de la mañana.

La directora (s) del Servicio Electoral (Servel), Elizabeth Cabrera, comentó en El Diario de Cooperativa los alcances para constituir la totalidad de las mesas para las primarias de este domingo y las sanciones a que se exponen quienes se nieguen a formar parte de este proceso eleccionario.

Cabrera explicó que, en caso de que se ausentase uno de los vocales de mesa, "surge en forma inmediata la obligación para el delegado de la Junta Electoral, que es la persona que está a cargo de la oficina electoral, para designar a lo menos tres vocales hasta las 10:00 de la mañana".

"Puede designar a cualquiera de los que estén en el recinto, es más, si ve que hay alguna mesa en que ya hay cinco personas, él puede disponer de vocales de esa mesa para la que le falta para que se puede instalar a las 10:00 horas, hay una obligación de parte del delegado de hacerlo", detalló la autoridad.

"En algunos casos, dependiendo de la situación que se dé, (quien se niegue a ser vocal) puede ser detenido o retenido un momento a efecto de compelerlo a cumplir con su función, pero después viene la denuncia propiamente tal en orden a aplicarle la sanción que corresponde y que va de 79 a 319 mil pesos", concluyó la directora del Servel.