Corte mantuvo prisión preventiva para imputado por muerte del matrimonio Luchsinger
En fallo unánime, los tres integrantes rechazaron la solicitud presentada por la defensa.
Abogada mantiene que el imputado debería estar en su domicilio.
El machi Celestino Córdova Tránsito deberá permanecer en prisión preventiva.
Por unanimidad los integrantes de la Sala de Turno de Sábado de la Corte de Apelaciones de Temuco determinaron que Celestino Córdova Tránsito deberá mantenerse en prisión preventiva al estar acusado en dos atentados incendiarios registrados en la Región de La Araucanía.
Uno de ellos afectó al fundo Santa Isabel y el otro al fundo Lumahue, ataque tras el que fallecieron los integrantes del matrimonio conformado por Werner Luchsinger y Vivianne Mackay.
El fiscal regional de La Araucanía, Francisco Ljubetic, quien lleva la causa, explicó que "efectivamente (el tribunal) rechazó la apelación de la defensa y mantuvo la prisión preventiva del imputado Córdova, fundamentalmente por los antecedentes que se esgrimieron en la audiencia de parte de la Fiscalía y los acusadores".
"No hay elementos que hagan variar la condición de cautela del imputado y, mejor aún, los antecedentes se han confirmado con el mérito de todas las diligencias que se realizaron durante la investigación, de modo que la obligación del sistema es mantener en prisión preventiva a este imputado por la gravedad de los hechos, la multiplicidad de los mismos, las penas que están asociadas", agregó el fiscal.
Luis Hermosilla, el representante del Gobierno en la causa, dijo que "para el Ministerio y para el Gobierno en general este es un caso emblemático y muy importante" y destacó que "se han puesto muchísimos recursos del Estado para facilitar el trabajo de la Fiscalía como de las policías" en la búsqueda de "todos los antecedentes que inculpen a Celestino Córdova y al mismo tiempo dar con la identidad y el paradero de los otros atacantes de esta familia":
En tanto, la abogada defensora María Rosario Salamanca precisó que "uno de los elementos dentro de la discusión de la prisión preventiva es el informe antropológico, pero hay otros antecedentes más".
"Nuestro ordenamiento jurídico claramente se basa en el principio de inocencia, luego las cautelares y, particularmente, la prisión preventiva, que es la cautelar más gravosa que tiene el sistema procesal penal, tiene requisitos bien claros en la ley", agregó la profesional.
"Se puede imponer solamente cuando las otras cautelares no son suficientes para cautelar los fines de procedimiento o la seguridad de la víctima y, en este caso, la defensa entiende y por eso es que presenta el informe que una autoridad tradicional mapuche, cuya principal necesidad en este momento, es estar en su lof, particularmente, en su rehue, que está ubicado en su domicilio", concluyó la abogada.
El próximo lunes, el Tribunal de Garantía de Temuco deberá dar a conocer la fecha en la cual se va a realizar la audiencia de preparación de juicio oral en contra de Celestino Córdova Tránsito, la que quedó postergada a raíz de los peritajes solicitados por la defensa.