Los puntos aprobados y rechazados de la "Ley Hinzpeter"
No se aumentaron penas por delitos en actos masivos ni cometidos por encapuchados.
Solo dos disposiciones recibieron el respaldo de la mayoría de los diputados.
La sesión de la Cámara tuvo momentos de tensión.
Aunque este martes la Cámara de Diputados aprobó en general, por 57 votos a favor, 54 en contra y una abstención, la Ley que Fortalece el Resguardo del Orden Público, más conocida como "Ley Hinzpeter", dicha corporación rechazó la mayor parte de las indicaciones del Ejecutivo.
Solo dos puntos fueron aprobados
Se incorporaron dentro de las autoridades contra las que se comete delito a los integrantes de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y a los funcionarios de Gendarmería de Chile que se encuentren en el ejercicio de sus funciones (73 votos a favor, 37 en contra y 3 abstenciones).
Se aprobó disposición que permite al ministro del Interior, a los intendentes y gobernadores, según corresponda, interponer querellas en caso de los delitos de atentados contra la autoridad, atentados y amenazas contra los fiscales del Ministerio Público y defensores penales públicos, y desórdenes públicos. (69 votos a favor, 35 en contra y 2 abstenciones).
Normas rechazadas
No se admitió la propuesta del Ejecutivo de tipificar el delito de desórdenes públicos graves en caso de paralización de los servicios públicos de emergencia y el impedimento de la libre circulación de las personas. En ambos casos esta interrupción tiene que desarrollarse valiéndose de fuerza en las cosas o violencia o intimidación a las personas. La sanción propuesta era desde los 61 días a los tres años.
Se rechazó considerar circunstancia agravante para un aumento de penalidad en dos situaciones: cuando se tratara de delitos contra las personas o que afectaran los bienes (propiedad), cuando esto ocurriera en una manifestación o acto de carácter público o masivo.
Tampoco de aceptó la propuesta de un aumento de la penalidad a quienes comentan estos mismos delitos contra las personas y la propiedad o desórdenes graves, en estas mismas circunstancias, pero que además usaran algún elemento con el propósito de esconder su identidad.
Se rechazó también sancionar a la persona que concurra a una manifestación pública, pero ocultando su identidad (encapuchado), lo que se consideraba una falta que recibiría una multa de 1 a 4 UTM. Este punto facultaba a la policía para detener a los encapuchados y ponerlos a disposición del fiscal.
El proyecto fue enviado al Senado, a segundo trámite constitucional, instancia donde se puede ratificar lo aprobado por los diputados o incorporar nuevas modificaciones.