Caso Zamudio: Querellante criticó que condena no considerara homofobia
Los cuatro imputados fueron declarados culpables de homicidio calificado, pero se rechazó el agravante de la "ignominia".
El ataque no tiene "razón distinta" a la homosexualidad de Daniel, apuntó el abogado Jaime Silva.
Los dos padres del joven fallecido en marzo de 2012 estuvieron presentes en la lectura del veredicto condenatorio.
Jaime Silva, abogado de la familia de Daniel Zamudio, lamentó que el veredicto condenatorio para los cuatro imputados por el crimen del joven, ocurrido en marzo de 2012, no diera cuenta de la motivación homofóbica que impulsó su actuar.
"No hay ningún antecedente en el juicio que dé cuenta de que este delito se cometió por una razón distinta que su orientación sexual (de Daniel)", dijo Silva, subrayando que el aspecto de la homofobia sí tiene relevancia en este caso.
El jurista dijo que le "duele" que los jueces del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago "no hayan reconocido el agravante de la ignominia", pese a los antecedentes disponibles.
"Creo que (esta motivación) era clarita, cantada -como dicen en el campo- y habrá que esperar la sentencia para ver por qué no la otorgaron", dijo Silva, explicando que espera que en la definición de las penas, que se harán públicas el próximo 28 de octubre, ello esté "reflejado".
Condena "ejemplar"
El fiscal Ernesto Vásquez se manifestó en una línea similar, al indicar que desde el Ministerio Público apelaron abiertamente a un móvil homofóbico tras el ataque.
"Evidentemente ya no depende de nosotros que el tribunal lo acoja o no", dijo Vásquez.
"Creo que hemos dado todos los argumentos que iban en esa dirección. No obstante, no han concordado con nosotros en esa parte, pero nos parece que es un detalle. Lo importante acá es que en un caso tan tremendo como éste, donde ha habido una investigación tremendamente ardua, de mucho tiempo, hemos logrado una condena, yo diría, ejemplar", manifestó el persecutor.
El Ministerio Público pide cadena perpetua para Patricio Ahumada Garay, 15 años de cárcel para Alejandro Angulo Tapia y Raúl Lopez Fuentes y ocho años para Fabián Mora Mora.
Desde las defensas afirmaban que el deceso de Daniel Zamudio en la ex Posta Central, 24 días después del ataque, había obedecido a fallas en el procedimiento médico, pero el Tribunal descartó esta tesis, haciendo énfasis en la "alevosía" y el "ensañamiento" con el que actuaron los atacantes, que delatan una intención deliberada de producir la muerte de la víctima.
"En consecuencia, este Tribunal ha resuelto por unanimidad (de sus miembros) condenar a los acusados como autores del delito de homicidio calificado de Daniel Zamudio Vera. Se estableció que la causa de muerte de Daniel Zamudio fue producto de un traumatismo craneoencefálico (TEC) grave, que tuvo como consecuencia un daño axonal difuso y una encefalopatía hipóxico isquémica, ambos severos, los cuales coexistieron simultáneamente, teniendo como origen común las agresiones atribuidas a los acusados", dijo el presidente de la Corte, Juan Carlos Urrutia.