Las razones para excusarse de ser vocal de mesa

Publicado:
Autor: Cooperativa.cl

Este sábado el Servel publicó la nómina para las elecciones de este 17 de noviembre.

Mujeres embarazadas podrán evitar realizar esta función.

 Archivo UPI

Quienes quieran excusarse tienes tres días hábiles para hacerlo a partir de la publicación de la nómina.

Revise aquí si fuiste designado como vocal de mesa

El Servel publicó este sábado la nómina de personas que deberán presentarse como vocales de mesa en las elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales de este 17 de noviembre. 

Quienes quieran excusarse tienes tres días hábiles para hacerlo a partir de la publicación de la nómina, que en esta ocasión  se cumplen los días 28, 29 y 30 de octubre.

Para excusarse, el interesado debe presentar una carta ante el Secretario de la Junta Electoral explicando algunas de las razones que lo inhabilitan como vocal o por las cuales no puede dar cumplimiento a dicha función además de los documentos que acrediten dichas causales. 

Todos estos antecedentes deben ser entregados en la Junta Electoral que lo designó como vocal.

 Las razones para excusarse son:

  • Estar ausente del país o encontrarse a más de 300 Km. del lugar de votación o en un lugar cuyas comunicaciones no sean expeditas.
  • Tener más de 70 años.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado, circunstancia que debe ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los días de la elección, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del establecimiento.
  • Desempeñar en los mismos días y horas otras funciones que encomiende la Ley Nº 18.700.
  • Estar la mujer en estado de embarazo o de puerperio, dentro de las 6 semanas previas al parto, y hasta 24 semanas siguientes a éste, circunstancia que debe ser acreditada mediante certificado médico. 

No pueden ser vocales de mesa :

  • Las personas que desempeñen cargos de representación popular; por ejemplo, Presidente de la República, Parlamentarios, Alcaldes y Concejales.
  • Los cónyuges, parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta (hijo, nieto, padre, madre, abuelo) y en la colateral hasta el segundo grado inclusive (hermanos). Lo mismo para parientes afines del marido o mujer (suegros, hijos, cuñados es decir hermanos del o la cónyuge).
  • Extranjeros aun cuando se encuentren habilitados para sufragar, no videntes, analfabetos y aquellos condenados por delitos que regulen las Leyes Electorales.
  • Ministros, Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores, Consejeros Regionales, El Contralor General de la República, Jefes Superiores de Servicio y Secretarios Regionales Ministeriales.
  • Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia, Jueces que forman parte del Poder Judicial, y Jueces de Policía Local, Fiscales del Ministerio Público.
  • Los miembros de las Fuerzas Armadas, y de Orden y Seguridad en servicio activo. 
  • Reemplazantes
    Una vez que haya terminado la revisión de las excusas, el Servicio Electoral publicará una nueva nómina con los reemplazantes de quienes presentaron sus reparos correctamente. 

  • La lista de los reemplazantes será publicada el próximo 2 de noviembre.