Corte Suprema confirmó al Sernac como parte querellante en caso farmacias
El servicio cuenta con las facultades legales para representar a los consumidores, según el máximo tribunal.
El máximo tribunal confirmó al Sernac como parte querellante en la causa por la colusión de precios en las farmacias.
La Corte Suprema confirmó que el Servicio Nacional del Consumidor puede ser querellante en el caso por las colusión de precios de las farmacias.
El máximo tribunal declaró inadmisible un recurso de queja presentado en contra de la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió el recurso de apelación presentado por el Sernac en contra de resolución del Décimo Juzgado Civil de Santiago, que le había negado en primera instancia ser parte en el proceso por infracción a la ley del Consumidor que se sigue en contra de cadenas de farmacias por colusión.
En fallo unánime, los ministros de la Primera Sala del máximo tribunal Nibaldo Segura, Juan Araya y Lamberto Cisternas; además de los abogados integrantes Jorge Lagos y Arturo Prado, dictaminaron que el recurso de queja no es la vía para reclamar de ese tipo de decisiones.
"Que de lo expuesto, se desprende que la resolución aludida en el motivo que precede no es de aquellas que permiten la interposición de un recurso de queja en su contra, puesto que no participa de la naturaleza de las señaladas en el primer acápite, a consecuencia de lo cual sólo cabe concluir que el recurso deducido no puede ser admitido a tramitación", sostiene el fallo.
" Tiene las facultades legales"
La sentencia dictada por el tribunal de alzada determinó que el Sernac tiene las facultades legales para representar a los consumidores en defensa del interés colectivo o difuso, en una demanda que interpuso ante el Décimo Juzgado Civil de Santiago, tras conocerse la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en contra de las farmacias por colusión.
"La normativa legal para la defensa de la libre competencia, tiene como principal objetivo cautelar el interés de los consumidores, en razón de lo cual no se divisa cual pudiera ser el impedimento para que Sernac actúe por ellos", señala parte del fallo.
Fernando Santelices, abogado querellante del caso, destacó la decisión del tribunal.
"Lógicamente esto viene a reafirmar que este caso es de una trascendencia tal que debe ser juzgado ante un Tribunal de la República. Si bien esto está en la arista de la sede civil, creemos obviamente que es un mensaje muy fuerte y muy claro que estos hechos son muy graves para la sociedad, por lo tanto tienen que recibir una sanción penal acorde a los hechos, sino que también se tiene que reparar a todos los chilenos, a todos los usuarios de las farmacias en el plano civil", indicó el jurista.
Sernac no tiene interés en juicios de "tiempos infinitos"
Por su parte, el director del Sernac, Juan José Ossa, dijo que ante el proceso civil que se viene podría existir un acuerdo de conciliación.
"Si a los consumidores se les compensa en el margen ilegítimo que se les extrajo, que siempre es una posibilidad por cierto, ese margen tiene que se devuelto reajustado y con intereses y en ese sentido al Sernac no le interesa seguir con juicios durante tiempos infinitos, lo que nos interesa es que a los consumidores se les compense", enfatizó.
Ossa aseguró que si "cualquier término u ofrecimiento por parte de los demandados no es satisfactorio esperaremos la sentencia, naturalmente".
La preparación de juicio oral en contra de los 10 ejecutivos de las farmacias quedó para mayo del 2014.