Ministro salió a recordar horarios del comercio en Navidad

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Autor: Cooperativa.cl

Las multas para los empleadores que incumplan la medida "pueden ser muy, muy altas", dice el Gobierno.

 Ministerio del Trabajo

El ministro Juan Carlos Jobet y la jefa de la Dirección del Trabajo, María Cecilia Sánchez, visitaron una tienda en Quilicura.

El ministro del Trabajo, Juan Carlos Jobet, y la directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, visitaron este lunes un outlet de juguetes en Quilicura para recordar los horarios de cierre del comercio en Navidad y advertir sobre las multas que arriesgan los empleadores que infrinjan la norma.

"Hay dos normas que es muy importante cumplir: la primera, que mañana (martes) 24 el comercio cierre sus puertas a las 20:00 horas y, la segunda, que el día 25 el comercio no puede funcionar", dijo Jobet.

"El llamado es primero a los trabajadores a que marquen bien sus controles de asistencia y se aseguren de que pueden dejar el trabajo a las ocho de la noche", dijo Jobet.

Este tope horario es inamovible y en ningún caso se podrá exceder, independiente del sistema de distribución de jornada.

El feriado irrenunciable del miércoles para el comercio tiene "unas pocas excepciones, que son los lugares que son atendidos por sus propios dueños –muchas veces pequeños almacenes-, los restoranes, los cines, otros lugares de entretenimiento, bombas de bencina y farmacias de urgencia", indicó Jobet.

Ante incumplimientos, "en ambos casos las multas pueden llegar a más de 800 mil pesos por trabajador; es decir, una empresa que tiene varios trabajadores cuyos derechos no se están respetando se expone a multas que pueden ser muy, muy altas", señaló el secretario de Estado.

Estas infracciones son consideradas gravísimas y contemplan multas de cinco (203.860 pesos), 10 (407.720) y 20 (815.440 pesos) UTM por cada trabajador en infracción, dependiendo de si la empresa tiene entre 1 y 49, 50 y 199 y 200 o más trabajadores, respectivamente.

No hay canjes

La directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, recalcó que este feriado obligatorio e irrenunciable que no puede ser vulnerado bajo ningún aspecto, ni siquiera a cambio del pago de horas extras ni al otorgamiento de feriados compensatorios.

"Llevo muchos años en la Dirección del Trabajo y fui testigo de la gestación de esta norma legal y también de la lucha de los trabajadores del comercio por contar con estos días de descanso; por eso, es que estos días no pueden ser canjeados por ninguna compensación", dijo Sánchez.

La DT habilitará un banner en su página web Direcciondeltrabajo.cl y el call center 600 450 4000 donde se podrán hacer las denuncias respectivas.