Iván Arenas, "Checho" Hirane y Mario Mauriziano condenados por evasión de impuestos

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Autor: Cooperativa.cl

Las tres conocidas figuras de las comunicaciones recibieron una pena de tres años de libertad vigilada.

Se los declaró culpables de la presentación de facturas "material e ideológicamente falsas".

 UPI

La investigación del caso comenzó por una querella del Servicio de Impuestos Internos hace 11 años.

El juez Alejandro Rivera dictó condenas de tres años y un día de libertad vigilada contra los humoristas Iván Arenas y "Checho" Hirane, y el periodista deportivo Mario Mauriziano por el delito de evasión tributaria.

Según informa este lunes el diario El Mercurio, la sentencia se conoce a 11 años del inicio de una investigación a figuras de la televisión por una querella del Servicio de Impuestos Internos.

En la causa también fueron condenadas Mónica Arteaga, ex pareja de Arenas; y Paula Bocaz, ex productora, quien facilitó facturas "ideológicamente falsas" a los tres comunicadores.

La resolución judicial indica que la evasión total de los involucrados superó los 814 millones de pesos entre 1997 y 2001.

En el caso de Arenas se determinó que "realizó maniobras tendientes a la defraudación fiscal mediante evasión de impuestos" como representante legal de la Sociedad Producciones Rossa Ltda.

El actor de "El Profesor Rossa" incorporó "facturas material e ideológicamente falsas de operaciones inexistentes con el fin de aumentar indebidamente los costos y rebajar, de esta forma, la carga tributaria", y también acceder a devoluciones indebidas de impuestos.

A Arteaga, su ex pareja, se la acusa de haber administrado la sociedad y de conseguir las facturas irregulares.

 

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"Checho" Hirane -que en la reciente Parada Militar del 19 de septiembre desfiló como reservista- dijo estar "tranquilo", pero consideró "injusta y contradictoria" la sentencia. (Foto: UPI) 

 

Hirane -que era representante legal de Sociedad Checho Producciones Ltda.- y Mauriziano -que cumplía la misma función en Inversiones Zeta Uno Ltda.- fueron condenados por "aumentar indebidamente el crédito fiscal del impuesto al subir los costos o gastos operacionales, disminuyendo ilegítimamente las bases imponibles de los impuestos a la renta, primera categoría y global complementario, y por obtener devoluciones indebidas de impuestos mediante facturas falsas, no fidedignas o ajenas al giro", señala la resolución.

De acuerdo al diario, a la ex productora Bocaz se le atribuye un perjuicio fiscal de 431 millones de pesos por ser la proveedora en común de las facturas utilizadas por los condenados y también por evadir impuestos en calidad de contribuyente.

Multa por 100% del fraude

Los condenados deberán pagar una multa equivalente al 100 por ciento de lo defraudado y las costas del juicio. En caso de que no lo hagan el SII -que había solicitado en su momento penas de entre 10 y 15 años- puede iniciar una demanda ante los tribunales civiles.

El juez Rivera dictó además las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta de cargos públicos mientras dure la condena.

De acuerdo al matutino, las defensas de Hirane y Mauriziano ya decidieron recurrir a la Corte de Apelaciones de Santiago, "aunque no tienen claro si será por la vía de la apelación o por recurso de casación".

"Estoy tranquilo, pero nos parece injusto y contradictorio que nos absuelvan de un delito porque no hay dolo y por los otros nos condenen. Éste es un fallo de primera instancia y presentaremos nuevos antecedentes a la Corte. Estamos seguros de que vamos a salir absueltos", dijo Hirane a El Mercurio.

El abogado de Mauriziano, Cristián Muga, dijo estar estudiando el fallo para interponer recursos legales posteriores: "La actividad tributaria está respaldada. Hace 12 años existían regulaciones que ahora no", comentó.

En tanto, Iván Arenas no pudo ser localizado, pero en su declaración judicial negó responsabilidad en los hechos y aseguró que "los trabajos se realizaron y no es cierto que las facturas fueran material e ideológicamente falsas".