Fisco fue condenado a pagar 110 millones a familia de víctima del 27-F en Juan Fernández
Querellantes reclamaron que una alarma oportuna habría salvado la vida de María Angélica Erices.
Anteriormente el Estado debió cancelar 55 millones de pesos por el caso de un fallecido en Talcahuano.
La primera ola del tsunami golpeó a la isla Robinson Crusoe 51 minutos después del terremoto, tiempo suficiente para que Erices hubiera escapado, según la Justicia.
El Segundo Juzgado Civil de Valparaíso condenó al Fisco a pagar 110 millones de pesos como indemnización por daño moral a la madre y tres hermanas de María Angélica Erices, una de las 16 víctimas fatales que dejó el maremoto del 27 de febrero de 2010 en el archipiélago de Juan Fernández.
El tribunal rechazó el argumento esgrimido por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y estableció que en este caso hubo "falta de servicio del Estado" al no activar la alarma que hubiera salvado la vida a la mujer.
El argumento que alegó el abogado de la familia de la víctima fue que una alerta oportuna habría permitido sobrevivir a la mujer, pues el mar se internó 180 metros isla adentro, por lo que en pocos minutos de caminata Erices podría haber abandonado su hogar, ubicado a 90 metros del mar, y salvarse.
Además, según el abogado Javier Cortés, la primera ola del tsunami golpeó a la isla Robinson Crusoe 51 minutos después del terremoto 8,8 grados Richter con epicentro en Cobquecura, Región del Biobío, tiempo suficiente -a su juicio- para haber prevenido a la población del archipiélago.
"Se estableció que el Fisco incurrió en omisiones brutales. El Centro de Alerta Temprana de la Onemi es la persona que está legalmente encargada de recibir todas las alertas de tsunami -tanto del SHOA como de los organismos internacionales, recibió las alertas y no supo qué hacer con ellas", indicó el jurista.
El abogado alegó además que una persona que era ingeniero forestal estaba encargado de una labor para la cual no estaba especializado: "Es como si hicieramos que un gásfiter operara a una persona que tiene problemas al hígado", ejemplificó.
El CDE reclamó, en tanto, que la falta de la alarma debía entenderse en el contexto de la "conmoción, caos, destrucción masiva y pérdida de personas, bienes públicos y privados" provocados por el megasismo.
Asimismo, se debían considerar las dificultades para determinar dónde se originó el terremoto y la carencia de comunicaciones entre el continente y la isla posterior a la catástrofe, punto que fue rebatido por la parte querellante.
Este caso se suma al de Mario Ovando, quien falleció en Talcahuano, y por el cual el Fisco debió indemnizar a su familia con 55 millones de pesos por entregar información errada a la población por parte del intendente del Biobío de la época, Jaime Tohá.