Tribunal rechazó recurso del gerente de SQM para acotar investigación
El Octavo Juzgado de Garantía resolvió a favor de la Fiscalía para indagar la información contable de Contesse.
La Justicia le dijo "no" a Patricio Contesse, gerente general de la empresa controlada por Julio Ponce Lerou.
El Octavo Juzgado de Garantía de Santiago decidió rechazar el recurso que presentó el abogado Samuel Donoso en representación del gerente general de SQM, Patricio Contesse, para evitar que la Fiscalía siga indagando su información contable.
La acción buscaba acotar el trabajo del Ministerio Público sólo a julio de 2009, que ya está siendo investigado, y que éste se abstuviera de realizar diligencias, como incautaciones, respecto de otros periodos.
La solicitud se basaba en un artículo del Código Tributario que indica que sólo se pueden investigar este tipo de delitos previa denuncia del Servicio de Impuestos Internos (SII), según se informó en la víspera.
"Al juez de Garantía le está vedado dirigir la investigación, careciendo en consecuencia de facultades para inmiscuirse o intervenir en atribuciones propias y exclusivas del Ministerio Público, de tal manera que si lo que se pretende con la presentación que antecede es que este Tribunal ordene al Fiscal a cargo de esta investigación dejar sin efecto o suspender citaciones, o acotar las diligencias que actualmente está llevando a cabo, como asimismo oficiar al Servicio de Impuestos Internos, o bien conferirle traslado, a fin de que informe a este Tribunal acerca de la efectividad de una diligencia de investigación, lo cierto es que este Tribunal carece de facultades para ello", dice el dictamen del tribunal, según reproduce El Mostrador.
El fallo agrega que es el Ministerio Público el que, "por expreso mandato constitucional y legal, tiene la dirección exclusiva de la investigación".
Por ende, "si lo que estima la parte solicitante es que el Fiscal está actuando de oficio, al margen de la legalidad vigente, lo cierto es que es la propia Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público la que establece la responsabilidad de los fiscales por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, no correspondiéndole a este Tribunal emitir un pronunciamiento al respecto", consigna el fallo".